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INFORME DE MUJERES PRIVADAS DE LIBERTAD EN CHILE

 

 

Elaborado por el Grupo de Enlace de CLADEM en Chile

Responsable del equipo, Marcela Herrera.

 

 

Los principios que inspiran esta política nacional penitenciaria que se inicia con el reglamento penitenciario de El sistema penitenciario Chileno se encuentra regulado en el Decreto Supremo Nº 518 del 22 de mayo de 1998 que fija el reglamento penitenciario

 

Estos son los principios generales

1. Finalidad de reinserción social (Art. 92)

2. Principios de legalidad e igualdad (Art. 2 y 4)

3. La no diferencia arbitraria en el trato (art. 5)

4. La libertad ideológica de los internos e internas y otros derechos fundamentales vida, integridad y salud  (Art. 6)

 

El régimen penitenciario tiene como finalidad conseguir una convivencia ordenada que permita el cumplimiento de los fines previstos por la ley para los privados y privadas de libertad y llevar a  cabo actividades de  reinserción social de los condenados y condenadas.

 

El presente informe se estructura sobre la base de información obtenida de  instituciones públicas y privados tales como Universidades, Organizaciones de defensa de los Derechos de la mujer,  y estudios criminológicos y sociológicos relativos al tema, pudiendo observarse que el reglamento penitenciario, no se cumple a cabalidad.

 

Para efectos pedagógicos dividiremos las estadísticas  recopiladas de sistema cerrado y abierto con objeto de señalar notoriamente quienes cumplen penas privativas de libertad y quienes gozan de medidas alternativas

 

 

I.-SITUACIÓN DEL SISTEMA PENITENCIARIO EN CHILE TANTO PARA HOMBRES COMO PARA MUJERES:

De acuerdo al reglamento penitenciario existen tres tipos de regimenes penitenciarios cerrado semicerrado y abierto

 

  1. Sistema cerrado: Corresponde a todos aquellos internos e internas privados de libertad y que pernoctan en las Unidades Penales, En este sistema se encuentran los detenidos, procesados (antiguo sistema penal) imputados (nuevo sistema penal) y los condenados a penas privativas de libertad. Sus principios rectores son” la seguridad, el orden, y la disciplina, propios de un internado”. (Art. 29 RP).   Se cuidara especialmente la observancia puntual del horario, de los encierros y desencierros, de los allanamientos, requisas, recuentos numéricos y del desplazamiento de los internos de una dependencia a otra. Por razones de seguridad se puede proceder a la intervención de comunicaciones orales y escritas.

 

  1. Sistema semiabierto: se caracteriza por el cumplimiento de la condena en un medio organizado en torno a la actividad laboral y la capacitación, donde las medidas de seguridad adoptan un carácter de autodisciplina de los condenados.

      Este sistema no se ha implementado en nuestro país

 

  1. Sistema abierto: corresponde a todos aquellos condenados que tienen medidas alternativas (ley 18216) Se entiende por medidas alternativas aquellas que sustituyen la pena privativa de libertad en un recinto penitenciario por una sanción que permite continuar desarrollando la vida laboral, familiar y social de la persona. Estas son: Remisión Condicional de la pena, Reclusión Nocturna y Libertad  Vigilada.

 

En estos establecimientos el orden y la disciplina carecen de controles rígidos como formaciones, allanamientos, intervención de visitas y correspondencia, no obstante el director regional de gendarmería en casos contados puede ordenar estos controles (Art. 31 Reglamento Penitenciario.)

 

 

En el siguiente cuadro observamos, las estadísticas de la población penal en sistema cerrado y sistema abierto[1]

 

1.-Sistema cerrado

 

Población

Hombres

Mujeres

Total

Adultos

Menores

Total

Adultos

Menores

Total

Nov.

%

Sistema cerrado por calidad procesal

Detenidos

222

4

226

18

0

18

244

0.3 %

Procesados

3693

0

3693

160

0

160

3853

5.4 %

Imputados

6995

220

7215

698

8

706

7921

11.0 %

Condenados

26129

76

26205

1690

3

1693

27898

38.8 %

Totales Sistema cerrado

37039

300

37339

2566

11

2577

39916

55.5 %

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2.-Sistema Abierto

 

Adultos

Menores

Total

Adultos

Menores

Total

Pob.

%

Sistema abierto ( Condenados con Medidas Alternativas )

Remisión Condicional

19389

0

19389

2708

0

2708

22097

30.7 %

Libertad vigilada

5925

0

5925

885

0

885

6810

9.5 %

Reclusión Nocturna

2940

0

2940

195

0

195

3135

4.4 %

Totales Sistema abierto

28254

0

28254

3788

0

3788

32042

44.5 %

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Totales general

65293

300

65593

6354

11

6365

71958

100.0%

 

 

POBLACIÓN CONDENADA:

Hay cuatro sistemas de condena:

 

  1. Sistema Condenados en CET: corresponde aquellos condenados privados de libertad cumplen su condena accediendo a actividades de capacitación y trabajo remunerado, con el objetivo de prepararse para enfrentar su intrapenitenciarios reinserción socio- laboral al momento de egresar del sistema penitenciario. Existiendo CET cerrado y Sem.- abierto.

  2. Sistema Condenados con beneficios intrapenitenciarios: Corresponde a aquellos condenados que hacen uso de beneficios. Estos son: salida controlada al medio libre (salida diaria), salida de fin de semana y salida dominical. Los beneficios intrapenitenciarios o permisos o salidas forman parte de las actividades de reinserción social y confieren a quienes se les otorgan gradualmente, mayores espacios de libertad.

  3. Sistema Condenados con libertad condicional: Corresponde aquellos condenados que están haciendo uso de la libertad condicional, que es una forma de cumplimiento en absoluta libertad y sólo con un control administrativo semanal.

  4. Sistema Condenados con total privación de libertad: Corresponde aquellos condenados que están totalmente privados de libertad, es decir que no gozan de ningún tipo de beneficio.

 

población

 

hombres

mujeres

Total

adultos

menores

total

adultos

menores

total

Pob.

%

Condenados en centros de educación y trabajo (CET)

406

0

406

24

0

24

430

1.5%

Condenados con  beneficios intrapenitenciarios

1250

0

1250

119

0

119

1369

4.9%

Condenados con libertad condicional

574

0

574

45

0

45

619

2.2%

Condenados con total privación de libertad

23899

76

23975

1502

3

1505

25480

91.3%

Totales condenados sistema cerrado

26129

76

26205

1690

3

1693

27898

100%

 

Los establecimientos penitenciarios cerrados pueden clasificarse, tanto en términos penales como de sexo, en: Centros de Detención Preventiva (CDP), destinados a población masculina en calidades penales de detenidos o procesados; Centros de Cumplimiento Penitenciario (CCP), destinados a los condenados de sexo masculino; Centros Penitenciario Femenino (CPF), destinados exclusivamente a población femenina en calidades penales de detenidas, procesadas y condenadas; Secciones Femeninas, se encuentran al interior de algunos CDP y CCP, pero están destinados a la Población femenina en las calidades penales de detenidas,