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Informe Nacional de El Salvador sobre Violencia
 
 

Informe Nacional de El Salvador sobre Violencia

 

1.- DATOS BASICOS DEL PAIS, ESTRUCTURA DEL ESTADO, ORDENAMIENTO JURIDICO

El Salvador es un país situado en el Centro de América, con una extensión territorial de 20 mil kilómetros cuadrados. El número de habitantes según investigación del Consejo Nacional para el Desarrollo Sostenible, para 1997 es de 5.908.460 de los cuales es masculino un total de 2.896.114 y femenino un total de 3.012.346, El desempleo en el área rural de la población económicamente activa es de 8 % y de un 7.4% en el área urbana. En el área urbana cuatro de cada diez hogares son pobres; en el área rural se eleva a seis la relación, esta diferencia se origina por las opciones que tienen los hogares en su área de residencia para accesar a ingresos con los cuales poder satisfacer sus necesidades básicas.- El ingreso per cápita de los hogares urbanos es 2.6 veces más alto que el de los hogares rurales , teniendo esta población una tasa de dependencia económica de 2.1. mayor que la del área urbana que es de 1.6. Los resultados de esta situación se traducen en analfabetismo, bajo acceso a la educación, viviendas con niveles de servicios de agua y energía eléctrica, mínimos. Según la Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples de un total de 725.254 hogares urbanos encuestados, un 14.54% se encontraban en pobreza extrema; 27.90 % en situación de pobreza y 57.56 % lo constituían hogares no pobres.

El idioma que se habla es el español, la población indigena solamente alcanza el 8% , siendo 150 familias las únicas nahuatl-parlantes.

La población desplazada registrada es

Los Organos del Gobierno son tres: EJECUTIVO, LEGISLATIVO Y JUDICIAL.

El modelo de gobierno es PRESIDENCIALISTA.

El Organo Judicial está integrado por la Corte Suprema de Justicia, las Cámaras de Segunda Instancia y los Tribunales ( de Primera Instancia y de Paz )

El Ministerio Público está formado por la FISCALIA GENERAL DE LA REPUBLICA; LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y LA PROCURADURIA PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS. El Fiscal General es el Representante Legal del Estado, debiendo velar por los intereses del Estado y de la Sociedad; El Procurador General de la República, velará por la defensa de la familia y de las personas e intereses de las y los menores e incapaces; el Procurador para la defensa de los derechos humanos garantizará el respeto de los derechos humanos.

Para el Gobierno Local, los Departamentos ( 14 ) se dividen en Municipios los cuales están dirigidos por Consejos formados por un Alcalde o Alcaldesa, Sindico, dos o más Regidores o regidoras.

SON FUENTES DEL DERECHO LA LEY, LA JURISPRUDENCIA Y LA COSTUMBRE

Los Tratados Internacionales están contemplados en la Constitución en el artículo 144 y constituyen leyes de la República al estar ratificados. Se han ratificado las dos Convenciones: la de la CEDAW en junio de 1981 y la de Belém Dó Para en agosto de 1995.

En el artículo 146 la Constitución contempla que la Asamblea Legislativa tiene la facultad de ratificar tratados de diversa naturaleza, siempre que no se disminuyan o limiten los fundamentos del Estado salvadoreño, así mismo señala que El Salvador reconoce el arbitraje y los tribunales internacionales como una forma de resolver los conflictos con otros Estados.

2. DESARROLLO JURIDICO FRENTE A LA VIOLENCIA DE GENERO Y APLICACIÓN

NORMA

Ley Contra la Violencia Intrafamiliar

 

MATERIA:1 derechos protegidos/ 2.conductas lesivas

 

Vida, integridad, seguridad

Intimidación, manipulación, amenaza directa o indirecta, humillación, aislamiento; acciones, comportamientos u omisiones que amenazan o lesionan la integridad física; fuerza, coacción, chantaje, soborno.

 

ORIGEN

 

Convención de Belém Dó Para

 

INSTANCIA DE LA QUE EMANA Y JERARQUIA JURIDICA

 

Asamblea Legislativa

Ley Secundaria

 

 

FECHA DE ADOPCION

 

28 de Noviembre de 1996

 

FECHA EN QUE ENTRO EN VIGOR

 

28 diciembre de 1996

 

NATURALEZA

 

Ley de Familia

 

OBJETIVOS

 

a) Prevención; b) Aplicación de medidas, c) Rehabilitación; d) Protección

 

SUJETOS FORMALMENTE PROTEGIDOS

 

Personas que constituyen una familia: cónyuges, ex_cónyuges, convivientes, ex_convivientes, ascendientes, descendientes, parientes colaterales por cansanguinidad, afinidad, adopción, los sujetos a tutela o guarda; cualquier otra relación interpersonal.

 

INSTANCIAS O AGENTES INVOLUCRADOS Y MANDATOS ESPECIFICOS

 

Tribunales de Familia y de Paz; Ministerio Público; Ministerio de Seguridad Pública; Instituciones gubernamentales que velan por la familia, las mujeres, los niños y niñas , las personas con discapacidad y las personas adultas mayores.

 

ENFOQUES Y/O SUPUESTOS

 

Protección a las víctimas de violencia intrafamiliar; víctimas de violencia en relaciones de pareja; niñas y niños víctimas de abuso sexual incestuoso; personas adultas mayores y personas discapacitadas.

*La desigualdad de poder que existe entre las personas que constituyen una familia, tomándose en cuenta la situación especial de cada una de ellas, conlleva al ejercicio de la violencia

 

NORMA

 

 

Artículo 200 reformado: Violencia Intrafamiliar

 

MATERIA: 1 derechos protegidos

2 conductas lesivas

Vida, Seguridad, Integridad

Amenazas leves, lesiones que no produzcan incapacidad mayor de 10 días , humillación, aislamiento, fuerza, coacción, chantaje soborno....

 

ORIGEN

Surge ante controversia con la Ley de Violencia Intrafamiliar

 

INSTANCIA DE LA QUE EMANA Y JERARQUIA JURIDICA

Asamblea Legislativa

 

 

FECHA DE ADOPCION

2 de julio de 1998

 

FECHA EN QUE ENTRO EN VIGENCIA

7 de agosto de 1998

 

NORMA QUE ENMIENDA

Artículo 200 del Código Penal

 

NATURALEZA

Penal

 

OBJETIVOS

Protección a las víctimas

Sanción a responsables

 

SUJETOS PROTEGIDOS

Cónyuge, conviviente, hijas e hijos del agresor, del o de la cónyuge o conviviente, pupilo menor o incapaz bajo la tutela o guarda del agresor, ascendientes.

 

CATEGORIAS EXCLUIDAS

Ex_cónyuges, ex_convivientes, descendientes, parientes colaterales por consanguinidad, afinidad, adopción, cualquier otra relación interpersonal

 

INSTANCIAS O AGENTES INVOLUCRADOS

 

PNC , Juzgados de Instrucción , de Sentencia.

Fiscales, Imputados, Defensores,

 

ENFOQUES Y/O SUPUESTOS DE LA NORMA ADOPTADA

Proteccionista, lograr mayor fuerza de las decisiones judiciales a favor de las víctimas .

* La violencia ejercida por medio de actos que no tengan una pena mayor señalada en el artículo respectivo, es VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

 

 

NORMA

 

Artículo 165 Acoso Sexual

1 derechos protegidos

MATERIA: 2 conductas lesivas

Libertad sexual

Tocamientos, conductas inequívocas de naturaleza sexual

 

ORIGEN

 

Necesidad de incorporarlo como una normativa autónoma en el nuevo Código

 

INSTANCIA DE LA QUE EMANA

Asamblea Legislativa

 

FECHA DE ADOPCION

 

30 de abril de 1997

 

FECHA EN QUE ENTRO EN VIGENCIA

 

20 de enero de 1998

 

NATURALEZA

 

PENAL

 

SUJETOS PROTEGIDOS

Todas las personas

Se agrava cuando se realiza en menores de 12 años y si se realiza prevaliéndose de superioridad originada por cualquier relación

 

OBJETIVOS

Protección de la libertad sexual

Sanción a responsables

 

INSTANCIAS O AGENTES INVOLUCRADOS

Fiscalía, Juzgados de Paz, Juzgados de Instrucción , de Sentencia, PNC

Fiscales, defensores, imputado

 

 

 

ENFOQUES Y/O SUPUESTOS DE LA NORMA ADOPTADA

Garantista, basado en las normas constitucionales.

Los tocamientos u otras conductas de naturaleza sexual , realizadas contra los deseos de cualquier persona, de menores de 12 años o aprovechándose de la superioridad derivada de toda relación, son acoso sexual.

 

 

 

NORMA

Art.158 Violación

Art.160 Otras Agresiones Sexuales

1 derechos protegidos

MATERIA: 2 Conductas lesivas

Libertad sexual

Ejercicio de la violencia en el acceso carnal

Acceso carnal bucal e introducción de objetos

En vía vaginal o anal

ORIGEN

Principios Constitucionales. Nueva normativa

INSTANCIA DE LA QUE EMANA

Asamblea Legislativa

FECHA DE ADOPCION

30 de abril de 1997

FECHA DE VIGENCIA

20 de enero de 1998

NATURALEZA

Penal

OBJETIVOS

Protección de la dignidad de las personas

Protección de la Libertad Sexual

 

SUJETOS PROTEGIDOS

Todas las personas mayores de 12 años

INSTANCIAS O AGENTES INVOLUCRADOS

PNC, Tribunales de Paz, Tribunales de Instrucción, Instituto de Medicina Legal, Fiscalía, Tribunales de Sentencia

Fiscales, defensores, imputados

ENFOQUES Y/O SUPUESTOS DE LA NORMA ADOPTADA

Garantista, basado en principios constitucionales.

El acceso carnal por vía vaginal o anal, me

Diante violencia, con persona mayor de 12 años, constituye Violación

El acceso carnal bucal y la introducción de

Objetos por vía vaginal o anal en cualquier persona, constituye Otra Agresión Sexual


2.2

VIOLENCIA FAMILIAR Y DEFENSA DE DERECHOS EN LA PRACTICA

RECURSOS DISPONIBLES Y OBJETO

REQUISITOS FORMALES Y OBSTACULOS PRACTICOS PARA EFECTUAR LAS DEMANDAS, DENUNCIAS U OTRA ACCION

EXIGENCIAS PROBATORIAS Y GARANTIAS PROCESALES A FAVOR DE LA PARTE DENUNCIAN

TE

DURACION DE LOS PROCESOS

RESULTADOS

LEY CONTRA LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

 

 

 

 

 

 

 

La demanda puede hacerse por escrito o verbalmente en forma personal o por medio de Apoderada o Apoderado.

Cuando la denuncia es verbal se hace constar en Acta.

Garantías Procesales:

Medidas cautelares, preventivas o de Protección

Exigencia Probatoria:

Solamente cuando se solicita la exclusión del hogar familiar del infractor a través de un estudio

30 días si se interpone Recurso de Apelación ante la Cámara de Familia

Se han tenido buenos resultados en algunso casos, sin embargo, aún persiste el desistimiento de las víctimas.


VIOLENCIA SEXUAL Y DEFENSA DE DERECHOS EN LA PRACTICA

RECURSOS DISPONIBLES Y OBJETO

REQUISITOS FORMALES Y OBSTACULOS PRACTICOS PARA EFECTUAR LAS DEMANDAS,

DENUNCIAS Y

OTRA ACCION

EXIGENCIAS PROBATORIAS

Y GARANTIAS PROCESALES A FAVOR DE LA PARTE DENUNCIAN

TE

DURACION DE LOS PROCESOS

RESULTADOS

Código Penal que establece como delitos la violación sexual, agresiones sexuales, estupro, acoso sexual

Req.Formales:

-denuncia de la ofendida o de su Representante Legal

-Requerimiento fiscal

Obstáculos Prácticos:

-Falta de identificación del agresor ( cuando es desconocido)

Los diversos relatos que la víctima hace en:Policia , Fiscalía, Juzgados, Medicina Legal

Exigencias probatorias:

-Presentación de testigos o testigas

-Peritaje médico

Garantías Procesales:

-Intervención en el proceso penal

-Ser informada de los resultados del procedimiento, aún cuando no haya intervenido en él

-Ser escuchada antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal, siempre que ella lo solicite

-Participar en la vista pública

-No revelar la identidad de la víctima, ni de sus familiares, cuando ésta fuere menor de edad

6 meses a un año

Todavía no son satisfactorios, ya que en la mayoria de los casos no se detiene al victimario, en algunos el resultado es condenatorio.


2.3

En lo que respecta a este Apartado, podemos darnos cuenta como los términos referidos a la VIOLENCIA tienen un limitado campo de acción en la nueva normativa penal. No está considerada la violencia como la expresión más exacta de DISCRIMINACION, de relaciones desiguales entre hombres y mujeres , de la subordinación que produce como consecuencia ,estado de subvaloración.

La normativa penal, creó nuevos tipos delictivos pero todos en el sentido de regular la violencia en los niveles generales que se produce, por ejemplo dentro de la familia. En este medio las mujeres nos encontramos formando parte de la familia y es en ese concepto que las normas están redactadas, de tal manera que sigue invisibilizada la violencia genérica .

Se mantienen algunas normas como las referentes a las INDEMNIZACIONES ESPECIALES, ( art. 174

Pn) que dejan desprotegidas las víctimas de acoso sexual ya que no serán indemnizadas bajo ningún concepto, sí lo serán las víctimas de violación , agresión sexual y estupro.

El Capítulo II De los Delitos relativos a la Vida del Ser Humano en formación, es el que trata lo referente al ABORTO , en todos los artículos se manifiesta la preocupación de los efectos del acto cometido estrictamente enfocado al nacimiento del o de la menor, ya que fueron suprimidos en la nueva normativa penal los casos de excepción en donde no se penalizaba el aborto cuando el embarazo fuere producto de una violación; el realizado cuando existe riesgo en la vida de la madre; el terapéutico, en fin diferentes situaciones en donde la madre , la mujer, era protegida.

* Poco a poco se van elaborando diagnósticos y estadísticas , ya que losTribunales y otras instancias involucradas en el tratamiento de la violencia, así como Ongs han valorado la importancia de llevar registros y sistematizar la información.

Un reporte del Departamento de la Familia , División de Seguridad Pública de la Policia Nacional Civil

Revela que en 1998 se conocieron 353 casos de violación ; 746 lesiones; 111 agresiones; CEMUJER, Organización no gubernamental, reportó en 1998 que en su Clínica Integral se recibieron 100 denuncias de violaciones sexuales; 64 denuncias de violencia física; 94 denuncias de violencia emocional .

*Se siguen manejando conceptos estereotipados, aunque en menor escala cada día, por ejemplo al considerar que lo que sucede en el ambito privado, como la violencia dentro de la familia, debe mantenerse en ese nivel, lo cual contrasta con el principio de democracia que se está queriendo implantar al interior de los hogares , en donde las relaciones humanas sean más equitativas. Igualmente se consideran como naturales las disputas domésticas, con lo cual se legitima la violencia y la discriminación como formas de relación huamana. Así mismo, se hacen cuestionamientos sobre las actitudes de silencio de las mujeres ante los hechos de violencia. Este es un paso sumamente difícil de dar por parte de las mujeres, ya que hasta hace poco incluso en las leyes se encontraban situaciones que justificaban la violencia, por lo que las mujeres creen que no tienen espacios para ser oídas ni nadie que las ayude.

Los diferentes casos que se reportan diariamente sobre situaciones de violencia en las cuales se ven implicadas las mujeres, nos dan la pauta para pensar que el proceso de concientización y de asumir que la violencia es violación a los derechos humanos, es lento .

*En noticias aparecidas en los periódicos, en agosto de este año se reporta que una mujer cayó a un pozo, tenía tres meses de embarazo; su esposo con el que andaba no pudo decir cómo sucedió el hecho.

Otra noticia aparecida en julio de este mismo año, reporta que una mujer fue muerta a balazos por un sujeto que andaba en bicicleta, se presume que el crimen es pasional .

Otra mujer fue encontrada muerta en un río, había sido violada. Un familiar manifestó que se había extraviado desde hacía 10 días.

Un hombre está implicado en la muerte de su esposa , él afirma que fueron asaltados, la llevó al hospital y huyó.

Date: Tue, 26 Oct 1999 15:21:58 -0600

From: cemujer <cemujer@netcomsa.com>

To: "CLADEM, Oficina Regional" <cladem@chavin.rcp.net.pe>

Subject: Mensaje de Yolanda - CEMUJER El Salvador

 

DE YOLANDA.:

Estimadas compañeras- Les envío el dato sobre las migraciones, que

estaba pendiente y el texto de artículos. La Ley contra la Violencia

Intrafamiliar, se encuentra en su Centro de Documentación.

DATO PENDIENTE: DE UN TOTAL DE 395,415 PERSONAS MIGRANTES, 170,717 SON

HOMBRES CONSTITUYENDO EL 43.2 % Y 224,698 MUJERES CONSTITUYENDO EL 56.8%.

 

TEXTO DE ARTICULOS CITADOS

Aborto consentido y propio: Art. 133 . El que provocare un aborto con elconsentimiento de la mujer o la mujer que provocare su propio aborto o consintiere que otra persona se lo practicare, serán sancionados con prisión de dos a ocho años.

Violación

Art.158. el que mediante violencia tuviere acceso carnal por vía vaginal

o anal con otra persona será sancionado con prisión de seis a diez años

Otras Agresiones Sexuales

Art. 160. El que realizare en otra persona cualquier agresión sexual que no sea constitutiva de violación, será sancionado con prisión de tres a seis años Si la agresión sexual consistiere en acceso carnal bucal, o introducción de objetos en vía vaginal o anal, la sanción será de sies a diez años deprisión,

Acoso Sexual

Art. 165. El que realizare conductas sexuales indeseadas por quien lasrecibe, que implique tocamiento u otras conductas inequívocas de naturaleza sexual será sancionado con prisión de seis meses a un año.

Violencia Intrafamiliar

Art. 200 ( reformado ) . El que ejerciere violencia sobre su cónyuge o sobre la persona con quien conviviere maritalmente o sobre sus hijos o los hijos de aquéllos, sujetos a la autoridad parental, pupilo menor o incapaz sometido a su tutela o guarda o en sus ascendientes, por medio de actos que no tengan una pena mayor señalada en este artículo, será sancionado con prisión de seis meses a un año.

En estos casos se aplicará previamente la Ley Contra la Violencia intrafamiliar

Desobediencia en caso de Violencia intrafamiliar

Art. 338-A. El que desobedeciere una orden o medida preventiva cautelar o de protección dictada por autoridad pública en aplicación de la Ley contra la Violencia Intrafamiliar será sancionado con prisión de uno a tres años.

Código Penal Decreto 1030 de fecha 26 de abril de 1997. Entró en vigencia el 20 de enero de 1998.

 

Consejo Consultivo de CLADEM:
Carmen Antony
Susana Chiarotti

Graciela Dufau*
María Antonia Martínez
Julieta Montaño
Silvia Pimentel
Giulia Tamayo
Roxana Vásquez
Cristina Zurutuza

* In Memorian
 


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