Esta página web es posible gracias al apoyo de Christian Aid, la Fundación Ford, NOVIB y OXFAM 

INFORMACION SOBRE EL ABORTO EN EL PERU
 
 
 

 PRONUNCIAMIENTO

CASO DE ACOSO SEXUAL EN EL PODER JUDICIAL

 

CLADEM PERÚ, articulación que congrega a instituciones y personas comprometidas con la defensa de los derechos humanos de las mujeres ha asumido la denuncia de acoso sexual realizada por una trabajadora del Poder Judicial contra el Doctor Jovino Cabanillas Zaldívar, ex -  Presidente de la Corte Superior de Lima.

Sobre el particular, señalamos lo siguiente:

1.      Saludamos que la Oficina de Control de la Magistratura, en un inicio a través de la ODICMA - Lima y ahora directamente, esté investigando la denuncia de acoso sexual presentada por Susan Hidrogo, trabajadora del Poder Judicial. En ese sentido, la instamos ha realizar un proceso independiente, acorde con los derechos humanos de las mujeres y observando las particularidades que exige la investigación de casos de violencia sexual.

2.      Saludamos que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Lima hayan tomado la decisión de separar al Doctor Jovino Cabanillas del cargo de Presidente de la Corte Superior de Lima. Pese a las diferencias existentes, su decisión es acorde con la gravedad de los hechos denunciados.

3.      Mostramos nuestra preocupación por la falta de garantías existentes para las mujeres que deciden denunciar este tipo de acoso y las personas que cumpliendo su deber canalizan sus denuncias. En el presente caso, si bien a la denunciante se le cambió de puesto para que no siguiera siendo hostilizada, lo cierto es que el Poder Judicial no le ha renovado el contrato ni le ha pagado remuneración alguna; siendo que actualmente se encuentra desempleada. Esta situación representa una sanción simbólica a la denuncia realizada.

4.      Si bien comprendemos que este caso tiene impactos políticos dentro de la gestión del Poder Judicial, comunicamos que nuestro interés en él sólo está orientado a la defensa del derecho de las mujeres a tener una vida libre de violencia.

El acoso sexual es una forma de discriminación contra las mujeres que afecta el derecho a la libertad sexual, a la integridad física, a la salud y al libre desarrollo de la personalidad; además de su derecho a trabajar libremente y a gozar de un ambiente adecuado.

Esta violación de derechos humanos está proscrita en la Convención de Belem do Pará1,  tratado internacional de derechos humanos con rango constitucional, así como por la  Ley 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual y su Reglamento, el D. S. 010-2003-MIMDES. Si bien la normatividad nacional presenta algunas deficiencias, como la de no considerar el acoso como un ilícito penal; es importante que el Estado Peruano vigile mínimamente su cumplimiento.

La falta de difusión y cumplimiento de estas normas, que contemplan acciones para la prevención y la sanción de estos hechos, determina que las denuncias sean mínimas y no se condigan con la dimensión del problema. El CMP Flora Tristán, en el año 1984, dio a conocer que el 60% de mujeres que trabajaban en las ramas industriales de confecciones, de laboratorios, alimentos y electrónica, habían sufrido alguna vez acoso sexual; y en el año 2005, dio a conocer una denuncia del Consejo Nacional de Secretarias, según la cual el 67.5% de sus integrantes que laboraban en los gobiernos municipales y regionales sufrían acoso sexual.2

El acoso sexual no es solo un problema al interior del Poder Judicial, sino uno que atraviesa nuestra sociedad. Es por ello, que la investigación a realizarse en este caso puede convertirse en un hito que puede servir, si se realiza adecuadamente, como un precedente para miles de casos similares.

 Perú, 3 de octubre de 2007.

  

CLADEM, Comité de Latinoamérica y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer

Asociación Aurora Vivar

Asociación Humanidad Libre - Arequipa

Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán

Centro de Promoción de la Mujer Micaela Bastidas – Trujillo

CEPCO - Centro de Estudios y Promoción Comunal del Oriente  - Tarapoto

CEPEMA "Lulay" - Centro de Promoción y Estudios  de la Mujer Andina – Huancayo

Coordinadora de mujeres feministas del Cusco

Defensoria Comunitaria San Sebastína – Cusco “Erika Chara”

DEMUS - Estudio para la defensa de los derechos de la mujer

IDEL- Instituto de Desarrollo Local –Huancayo

Milenia Radio

Movimiento El Pozo

Movimiento Manuela Ramos

PRODEMU - Asociación Promoción y Desarrollo de la Mujer– Tarapoto

 

 

Mónica Alva

Gissy Cedamanos

Marisol Fernández

Betsey Valdivia

Giannina Paredes

Jeannette Llaja

Katya Zamalloa

Liliana Yauri

Luzmila Flores

María del Mar Baños

Nelly Salas

Patricia Sarmiento

Yeny Lazo

 

 

 

 

 

________________

1Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer

2 Valenzuela, Jackeline. Acoso Sexual, la violencia silenciosa. En: CHACARERA nº 30. Revista de la Red Nacional de la Mujer Rural. Lima, Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán. Enero, 2005

 

 

Consejo Consultivo de CLADEM:
Carmen Antony
Susana Chiarotti

Graciela Dufau*
María Antonia Martínez
Julieta Montaño
Silvia Pimentel
Giulia Tamayo
Roxana Vásquez
Cristina Zurutuza

* In Memorian
 


Enlaces
 

 Cendoc CLADEM

 Legislaciones   nacionales

 

 Políticas públicas

 

 Otras Organizaciones