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ENTREVISTAS CON OPERADORES DE JUSTICIA

 

ENTREVISTA CON LA ABOGADA MARIA LEONOR JIMENEZ, MINISTRA JUEZ DE LA CUARTA SALA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE GUAYAQUIL.-

 

1.- Que importancia le otorga a la VIF como problema social de Ecuador?

Es muy importante porque la violencia familiar, sumadas cada una de las familias, generan un porcentaje muy alto de violencia.  Esto significa la reproducción social de intensa violencia que puede traducirse, por ejemplo en el elevado número de suicidios entre los niños, hechos que estamos viendo ahora.

 

2.- Cual es a su juicio el papel que le corresponde a los organismos del Estado para atender los casos de VIF?  Por Ejemplo, ¿qué organismos deberían estar involucrados, donde debería recaer el mayor peso de las acciones o como debería distribuirse ese peso entre ellos?

La Función Judicial, incluidos aquí los espacios de Comisarías de la Mujer y la Familia, que son un contacto más a mano que tienen los usuarios del servicio de administración de justicia, deben hacerse cargo de esta tarea. 

Ahora bien, tenemos una Función Judicial caotizada en cuanto a la estabilidad y permanencia de sus miembros; una FJ poco informada de los temas generales de derechos, peor todavía, absolutamente desinformada de la violencia intrafamiliar y de las leyes que tienen que ver con la violencia familiar, y no sólo desinformada sino reacia a informarse, porque han habido numerosos esfuerzos del Consejo Nacional de las Mujeres y de otras instituciones, hemos tenido algunas juezas, seminarios, incluso internacionales con ponentes como Alda Facio, y todos han sido, a mi juicio, espacios desperdiciados. 

La FJ no reacciona porque no puede ligar los procesos de la violencia que juzga a diario en el área civil y en el área penal, en el área familiar, no los juzga ligados con procesos de violencia, entonces sigue en un 99 % la mentalidad judicial, pensando que los problemas de violencia no deben venir a la FJ.  Entonces, desde ese punto de vista, yo que fui una de las creadoras de la Ley 103, a estas alturas, viendo la escasísima aplicación que dan los jueces a la Ley, pese a que se ha logrado general opinión pública en contra de la violencia, sólo se ha avanzado en eso, en romper el silencio público y en lograr que baje el nivel de burla y de indiferencia en la ciudadanía respecto de este tema.  Pero en la FJ, yo diría que se tapan los oídos.

Yo llevo cinco anos en este cargo, y desde entonces he tenido algunos casos de violencia que aparece en casos de divorcio u otros temas, pero sólo he resuelto un caso de violencia típica, en el que tuve que dar la vuelta por completo la resolución de la Jueza de primera instancia, que era una de las que asistió a las capacitaciones.  La fundamentación que utilizó es absolutamente increíble, totalmente en contra de las tesis de la violencia.   Era el caso de una hija a la que el padre le había roto la nariz de un puñetazo, le rompió la cara de un fierrazo, y venia considerado excusable, no había sanción para él porque la jueza repetía que la hija le había faltado al respeto, únicamente porque la hija se negaba a que el padre le quite un solar[1] en el que él quería llevar a vivir a un vecina.

Lo único bueno es que aquí en mi sala, mis colegas[2] son muy receptivos de lo que yo trabajo al respecto, pero eso no es nada.  Es decir, ante esa indiferencia y teniendo bien conocido como actúan los estamentos de la FJ.  Los jueces utilizan exclusivamente los Códigos que tienen sobre la mesa, que en el caso de los Jueces penales es el Código Penal y el Código de Procedimiento Penal, y nada más, entonces, desde ese punto de vista, a mí se me ha ocurrido, para mi tesis que estoy haciendo, de una nueva Ley de Violencia Intrafamiliar, hacer un planteamiento que nunca se nos ocurrió a las mujeres como adecuado, esto es, incorporar la Ley como un capítulo del Código Penal, y elevar a categoría de infracciones de acción privada, las injurias, es decir la violencia psicológica, ese es mi planteamiento central de tesis.  Entonces si, necesariamente, tendrán la Ley metida en los ojos.  Tal vez no sea bueno en un concepto universal, pero en un concepto latinoamericano, si tenemos que empezar por ahí, y después más bien autonomizar.  Nosotras empezamos a la inversa, porque siempre creímos que era necesario un espacio de justicia exclusivo, que tenga incluso asistencia técnica que no la tiene la justicia ordinaria.

 

3.- Tiene usted algún conocimiento del número de casos de VIF que ocurren en nuestro país?

Bueno, yo cuento con la información de las denuncias presentadas en Guayas.  Creo que están entre las 80 a 100 denuncias diarias.  Eso tenemos en el ámbito local, en el ámbito nacional, contando los casos que no se denuncian, el número es muy alto.  No me atrevería a decir a aventurar cifras pero será muy alto, y es que no sólo no se denuncia por fallas en la Función Judicial, sino por la idiosincrasia de la sociedad.

 

4.- Ha recibido usted algún tipo de actualización en cuanto a formación profesional en materia de VIF?

Por parte de la Función Judicial, no, en absoluto.  Hubo una capacitación auspiciada más bien por organizaciones privadas de derechos humanos, en asociación con la FJ pero casi se le impuso, al final la FJ casi sólo puso el membrete, pero en cambio sí estamos recibiendo intensa capacitación en materia del sistema acusatorio oral, para el que nuestro país no está preparado.

 

5.- Considera usted que la Ley 103 contra la Violencia a la Mujer y la Familia es un complemento necesario del ordenamiento del ordenamiento legal ya existente? Cree que no era necesaria una norma específica?, y si cree que no era la más adecuada, qué cambios le haría?

Yo creo que la Ley de violencia fue extraordinariamente oportuna, y la autonomización que hicimos de ella, también, no olvidemos que la Ley se aprobó en un momento estratégico inmejorable ya que la ley se probó cuando había un gobierno muy devaluado y también hubo una gran presión de los grupos femeninos por una ley de este tipo, amén de que también es un ley que está de acuerdo al sistema de nuestro país que para cada tema hace una ley; y además porque la podíamos manejar con el elemento humano que teníamos entrenando que eran las Comisarias de la Mujer y la Familia, y también porque teníamos que empezar por lo menor que eran las contravenciones.  Entonces, hicimos en efecto una ley contravencional oportuna, consensuada y que ha tenido un buen recorrido y me parece que a estas alturas ha cumplido su papel, que ha sido extraordinario, sobre todo en la medida que ha roto esta complicidad social y de autoridades que había.  Tener una herramienta propia fue muy importante, la ciudadanía empezó a asociar violencia con sanción de las Comisarias de la Mujer, cosa que indispensable.

 

6.- Conoce usted el ordenamiento jurídico internacional que sirve de marco a esta Ley?

Si, lo conozco y en mis resoluciones lo aplico.  Y he tratado también de ablandar un poco la concepción de los jueces de lo civil, haciéndoles un argumento que sí es importante para ellos, que es que esa ley les da salidas, cuando ellos tienen un conflicto que no saben como resolver, entonces, por curiosidad muchos han pedido informaciones al respecto.  Hace mucha falta la información intelectual especializada de los jueces.

A mi me ha servido muchísimo, por ejemplo en los juicios de divorcio, de alimentos, en donde hay que resolver con quien se quedan los niños.

 

7.- Qué cambios en el funcionamiento cotidiano de esta unidad, ha observado usted, que se produjeron a partir de la aplicación de esa Ley?

Yo pienso que ha rebajado la violencia en la calle, en espacios públicos, a las esposas, a las compañeras, que si ha servido un poco de freno porque todos temen ser llevados detenidos, y que esto hubiera sido muchísimo mejor si hubiéramos empezado por entrenar a los policías, porque han habido muchas oportunidades en que ellos no han querido colaborar, mentalizados como estaban de que eran temas en los que no había que intervenir.  Pero yo si creo que ha disminuido la violencia.  El parámetro es el comentario en la reunión o en cualquier otro espacio, la gente común ahora dice: ya no se le puede pegar a la mujer porque enseguida a uno le meten preso.  Y también he observado el escándalo enorme que produce en mentes tradicionales, el que hayan Comisarias de la Mujer, porque piensan que es una especie de discrimen, y también es cierto que hay funcionarias que perdieron el lindero a veces, el equilibrio de sopesar en su contexto concretísimo, porque en algunos casos, no siempre la violencia proviene del hombre, aunque en términos sociales y generales, así es.

 

8.- Considera que sería útil contar con algún protocolo o guía de atención para casos de VIF en su área de actuación?

Si, no sólo un protocolo, debería haber todo un equipo de trabajo especializado, al revés de eso, fueron eliminando elementos que a mi juicio eran muy importantes como la psicóloga, porque yo sostengo que en un caso que está en juzgamiento, la psicóloga puede percatarse oportunamente de que puede haber peligro de muerte para la víctima.  Hubieron varios casos acá de mujeres que terminaron muertas, habiendo llevado sus casos a la Comisaría.  Sin embargo, eliminaron eso como si no fuera necesario.

 

9.- Considera que se necesitarían algunos cambios en esta dependencia para poder atender la nueva demanda que ha generado la normativa actual sobre VIF?

Yo considero que todos los aspectos que ha mencionado son dignos de ponerle atención y de intensificar en esas áreas, porque lejos de equipar técnicamente, están desmantelando a las comisarías, están pereciendo porque como dependen de fondos públicos, pero sobre todo de fondos privados voluntarios, entonces es evidente que el Estado hace una descarga de las obligaciones que le corresponden.  Con haber creado las Comisarías de la Mujer y la Familia, cree que no tiene más obligaciones.  Cuando la justicia referida a la violencia intrafamiliar es la que mejor tratamiento debería tener, con por lo menos dos equipos técnicos en cada distrito.  Aquí, cuando hemos tenido casos de violencia menores, hemos tenido que buscar psicólogos de fuera, y por supuesto ese es personal que no está entrenado, por tanto esos casos pueden quedarse en la impunidad, sobre todo los casos que no dejan huellas físicas.

 

10.- Cuales son los principales problemas que, a su juicio, genera la aplicación de la normativa actual sin que se hayan realizado los cambios necesarios?

Los espacios son cada vez más inadecuados.  Es que nos dejamos seducir de sistemas venidos del extranjero que pueden haber dado buenos resultados en otros países pero no necesariamente aquí.  Por ejemplo, los juzgados pilotos o los juzgados corporativos son un desastre para la ciudadanía y los abogados.  El acceso a la justicia desde el punto de vista físico es mucho más limitado.  Entonces, para la justicia en violencia se necesitan, no sólo espacios más amplios, sino adecuados, cálidos, en donde haya otro tipo de funcionarios, no un conserje adusto sino una recepcionista que reciba que atienda bien la víctima, pero ahora los espacios de justicia son un amontonamiento de gente por el lado de afuera y en los juzgados corporativos usted no ve al juez, sino que a través de una ventanilla le reciben los escritos.  Eso puede ser muy cómodo para nosotros los jueces pero eso debería ser racionado, hubiera sido conveniente dividir las jornadas de los jueces en atención al público y revisión de los procesos interna.  Para los casos de violencia intrafamiliar habría que tener una casa especial con las características que le digo

 

11.- La Ley 103 ha dado lugar a opiniones encontradas. ¿conoce esas posiciones? Y usted ¿en qué posición se encuentra?

A veces las Comisarias pueden obnubilarse en la percepción del problema.  Hay que establecer con claridad, dentro del ambiente familiar, que miembro es el que genera violencia.  A veces hay situaciones de violencia que son fáciles de detectar, cuando el uno es agresor y el otro es receptivo, pero hay otros ambientes en donde la violencia proviene de varios lados, y a veces el agresor físico responde a la agresión psicológica del otro o a la permanente resistencia del otro.  Yo creo que en esos casos que son de mucha complejidad en la relación familiar, tiene que intervenir el equipo técnico.  La psicóloga debe establecer quien genera la violencia para hacerle el tratamiento adecuado, y para hacer también la justicia adecuada.

 

12.- Si tiene algún otro comentario o sugerencia, menciónela por favor

La sugerencia es la que le digo, yo estoy trabajando en un nueva normativa sobre violencia, una de mis propuestas es incluir todo un Título sobre violencia intrafamiliar en el Código Penal.  Esto es estratégico, si está en el Código lo va a aplicar el juez.  Manteniendo la diferenciación que existe ahora.  La justicia contravencional seguiría en manos de las Comisarias de la Mujer.

Un problema que existe es la inadecuación que tiene el Ministerio Público, frente a la sobrecarga de trabajo que tiene, ya que ellos son ahora los encargados de investigar los delitos, también de violencia intrafamiliar.

 

 

ENTREVISTA CON EL DR. CARLOS POVEDA, JUEZ SEGUNDO DE LO PENAL DE COTOPAXI Y PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN JUECES POR LA DEMOCRACIA –

 

1.-  Que importancia le otorga a la VIF como problema social de Ecuador?

Muy importante porque en definitiva constituye un problema familiar.  Este tipo de actos atípicos reproducen en sí lo que la sociedad genera y en determinado momento, el Estado también refleja.  A mayor violencia intrafamiliar, habrá mayor violencia social y también mayor regresión o retroceso estatal.

 

2.- Cual es a su juicio el papel que le corresponde a los organismos del Estado para atender los casos de VIF?  Por Ejemplo, ¿qué organismos deberían estar involucrados, donde debería recaer el mayor peso de las acciones o como debería distribuirse ese peso entre ellos?

Bueno, yo harto del concepto de que la justicia tiene que ser un contrapeso, si nosotros vamos creando leyes, el aparato encargado es el legislativo, y por lo general, detrás de un aparato legislativo hay intereses que generan determinado tipo de tendencias y que es el reflejo de la ley, por tanto, en el camino, nos encontramos con la aplicación de leyes injustas. Frente a ese tipo de leyes injustas, quienes estamos convencidos de los convenios internacionales y sobre todo de un criterio de justicia, los tenemos que aplicar y así lo hemos estado aplicando. 

En el campo que me toca que es el penal, a través de la reforma procesal penal, es muy dramático ver que el papel de la víctima se ha minimizado terriblemente, porque ahora el titular de la acción penal es el Fiscal, un ser ajeno a la realidad que se juzga.  Además porque yo sigo considerando que cualquier tipo de justicia, tiene que estar al servicio del ser humano y no al servicio del Estado, como se tiene en el enfoque y en el contexto actual de Derechos Humanos. 

Si nosotros estamos al servicio del Estado, el CPP o cualquier ley también estará a ese servicio, y detrás de eso también hay un aparato legislativo que no necesariamente da respuesta a las necesidades sociales, por lo tanto, yo creo que el papel de la justicia, apartándonos de un criterio legislativo, tiene que tener un contrapeso judicial, porque el papel del juez constitucional es muy importante, y además porque considero otra situación.  Parafraseando a Garaphon que es un juez francés de menores, que decía que actualmente el juez tiene un podere inédito.  Si nosotros vemos la coyuntura constitucional que tienen los jueces, todo el aparato constitucional que hoy manejamos y el control difuso de constitucionalidad que hacemos a través de la inaplicabilidad, nosotros vamos entendiendo que el juez está involucrado en todos los campos, y si hablamos de que ahora también está involucrado en el tema de sustancias psicotrópicas, en el tema de familia a través de niñez y adolescencia, violencia intrafamiliar, entendemos que al juez le toca el papel predominante que no puede dejar de lado, no puede desentenderse, pero tampoco puede desentenderse del papel de la víctima; y por más reformas que se hagan, si la víctima no tiene un papel preponderante, porque  muchas de las veces lo que la víctima quiere es una indemnización que no solo sea económica, sino también que se le otorgue un papel a la víctima para que pueda recuperarse.

 

3.- Tiene usted algún conocimiento del número de casos de VIF que ocurren en nuestro país?

Desconozco estadísticamente en número de casos que existen en el país.  Por mi experiencia, podría adelantar que por lo menos en mi juzgado, había anualmente, hasta el año 2001, un promedio de 10 a 12 causas, que son mínimas para un juzgado penal, a pesar de que la ciudad nuestra es pequeña.  También hay que tomar en cuenta que hay cifras negras[3] que no salen a relucir dentro de las estadísticas judiciales; y ese es otro de los defectos de la función judicial, no tener un departamento de estadística, ya que esta información es imprescindible para hacer diagnósticos, pero no se cuenta con ella.  Peor ahora que esto depende de la Fiscalía ya que es allí donde se receptan las denuncias.

A las cifras negras también hay que añadir otras, aquellos casos en que las víctimas no han tenido ni la intención de denunciar, porque ahora el proceso penal se ha vuelto muy costoso, entonces aquí también existe un problema que es la violencia institucional, que no da respuestas a nivel judicial.  Es decir que hay una complicidad estatal y de todos los organismos, de no dar respuesta y de no establecer mecanismos de mejor acceso.

 

4.- Ha recibido usted algún tipo de actualización en cuanto a formación profesional en materia de VIF?

A nivel judicial es conocido que la mayor parte de actualizaciones las hacemos de cuenta propia.  No hay un aparato institucional que permita capacitarnos.  En ese sentido, que puede exigirse a los jueces si somos los últimos en ser capacitados.  En nivel es totalmente deficiente y en eso hay que trabajar muchísimo; y además, también, la tendencia que genera cada juez.  Cada juez tenemos una tendencia ideológica indudable, y en caso de violencia intrafamiliar, genera un tipo de tendencia de educación.  En ese sentido, nuestras decisiones van a ser el reflejo de lo que hemos aprendido en nuestras familias, por lo tanto, no es raro que yo tenga compañeros jueces que crean que de cada 10 violaciones que se denuncian, solamente una sea real, y las 9 sean mentiras; esto te da cuenta que probablemente ese juez puede ser también un victimario.

Ahora, la respuesta que debe dar el Estado es: qué perfil queremos que tengan los jueces, qué es lo que queremos de estos.  Se espera que sea una persona que únicamente esté especializada en el área jurídica o también en el área criminológica, que a mi modo de ver, tiene que ser el futuro de la función judicial.  Ahora hablamos de criterios antropológicos, porqué no hablar de criterios antropológicos?  Esto me trae a la mente al criminólogo Santamaría, chileno, que decía que el futuro de los jueces no va a ser el ámbito jurídico necesariamente, sino el criminológico, porque cada vez que se dan este tipo de situaciones más especializadas como es la violencia intrafamiliar, en donde se necesita una especialización, un conocimiento en materia internacional, un conocimiento en materia constitucional, vamos generando esa apertura a la sociedad, pero si nos niega el mismo Estado, si nos niega la misma institución, y teniendo ya la carga endémica de parcialización en violencia doméstica, no nos sorprenderá que siempre existan cifras negras e igual en la impunidad.

 

5.- Considera usted que la Ley 103 contra la Violencia a la Mujer y la Familia es un complemento necesario del ordenamiento del ordenamiento legal ya existente? Cree que no era necesaria una norma específica?, y si cree que no era la más adecuada, qué cambios le haría?

Yo creo que la Ley 103 llegó a complementar y más que a complementar, a llenar muchas cosas porque yo considero que las reformas que se hicieron, por ejemplo en los tipos de ejercer la acción penal, especialmente cuando se trata de cónyuges, descendientes, ascendientes, etc., en antecedente inmediato fue la Ley 103.  La situación de víctimas, por ejemplo, que ahora la contempla en artículo 118 del CPP, también tiene como antecedente la Ley 103.  La situación de medidas alternativas de protección a las personas que están involucradas en violencia no lo tenemos ahora solamente en el CPP de alguna manera, sino en el recientemente vigente Código de la Niñez y Adolescencia, que nos establece a los jueces de manera obligatoria y prioritaria, más de 13 medidas de protección.  Por tanto, más que complementar, creo que ha sido un antecedente inmediato que ha desarrollado la legislación ecuatoriana.  Inclusive va mucho más allá, porque también podemos descifrar de alguna manera que la Constitución Política acogió muchos de los postulados, especialmente en la declaración de testigos, en la forma de presentación de denuncias penales, entonces yo creo que fue un esfuerzo muy grande que al inicio siempre se debatió.  Ahora de alguna manera se está cambiando la manera de pensar de los jueces, de que debemos tener todo en un catálogo procesal, cuando tenemos un sinnúmero de leyes que pueden complementar y llenar aquellos vacíos; y sobre todo dar una respuesta a la expectativa de la sociedad respecto de lo que quiere de la justicia.  No podemos suprimir, y ahora ventajosamente caminamos hacia eso, dejar a un lado aquellas formalidades que generan impunidad.  Esto se daba antes, se da también ahora indudablemente, pero teniendo un cuerpo legal normativo que está vigente como la Convención Belem do Pará y con los otros convenios internacionales, nos damos cuenta que el progreso en el tratamiento de la violencia intrafamiliar se ha producido, pero también se necesitan muchas otras situaciones coyunturales, por ejemplo yo soy un convencido de que deben crearse las oficinas de asistencia a la víctima y más allá de la estructura que tiene necesariamente que tener el Ministerio Público, debe dictarse la Ley de Asistencia a la Víctima, porque si no tenemos el contrapeso judicial, y dejamos que sea sólo el Ministerio Público el que lleve el proceso, también estamos siendo parcializados.

 

6.- Conoce usted el ordenamiento jurídico internacional que sirve de marco a esta Ley?

Si, yo lo conozco y lo he aplicado.  La aplicación de los convenios internacionales es un renacer del juez.  Prácticamente es una situación nueva porque siempre mantienen esquemas formalistas de supremacía.  Yo creo que los convenios incluso están por encima de la Constitución, en virtud del art. 163.  otro tema muy importante es que en la Corte Penal Internacional se cuente ahora con Magistradas de Corte Penal Internacional expertas en el tema de violencia intrafamiliar y sexual, creo que es el resultado del impulso del movimiento.  Yo creo que hay que darse cuenta que a raíz de la globalización, hay que aplicar la normativa internacional de manera directa.  Por eso están los art. 18 y 16 de la Constitución Política.  Que habrá temor, evidentemente, que hay una cultura machista, también, porque partimos de una violencia institucionalizada, pero creo que de parte de los jueces hay que seguir aplicando los Convenios.  Te hablaba por eso del contrapeso de justiciabilidad, porque de qué sirve tener un planteamiento teórico en un Convenio o en una Constitución, si no se lo va a hacer efectivo.  Es una propuesta demagógica, es un panfleto adicional que no tiene ningún tipo de repercusión jurídica.

 

7.- Qué cambios en el funcionamiento cotidiano de su Juzgado, ha observado usted, que se produjeron a partir de la aplicación de esa Ley?

Yo creo que los cambios que se han dado son los siguientes:

1.      La situación de la victimización secundaria, porque cuando uno tiene de por medio casos espeluznantes que desgarran el alma, como violaciones de hijas, por parte del padre, por ejemplo, con el anterior sistema, uno sabía que estaba haciendo más daño.  Yo me hacía la pregunta ¿Porqué una niña tiene que venir a contarle sus intimidades a un tercero que ni siguiera le conoce.

2.      El seguimiento que debe hacerse de las víctimas, porque no solamente sufre la víctima inmediata, sino también el agresor.

3.      Crear un aparato de protección, de amparo, porque de qué le sirve a una niña de 5 años que es violada, que se le condene a 6 años al agresor, y si a la víctima se le ha olvidado, textualmente, en el proceso penal,. Si se le ha olvidado, textualmente en un contexto social, si no ha habido la posibilidad de una rehabilitación. 

Entonces, olvidémonos de la pena, por último, yo propongo eso, no condenemos pero centrémonos en la víctima, centrémonos también en el agresor, y es que la idea que yo siempre he propugnado es que haya una justicia penal acorde al ser humano, y no acorde al Estado.

 

8.- Considera que sería útil contar con algún protocolo o guía de atención para casos de VIF en su área de actuación?

Yo voy más allá, yo creo que la Función Judicial tiene que empeñarse en socializar los derechos a la ciudadanía.  Yo tuve una experiencia en el País Vasco (España), en donde uno puede acercarse a las oficinas de atención al público y puede encontrar un catálogo, un instructivo -de derechos-.  Es decir, la sociedad civil debe ejercer una presión suficientemente necesaria para que la justicia se abra.  No nos ha conducido a nada el hecho de estar encerrados entre cuatro paredes, el tener los palacios de justicia, el haberse convertido, magistrados y jueces en seres intocables, porque la sociedad desconoce de sus derechos; entonces la solución y la respuesta debe venir de la misma función judicial.  Cómo? Implementando los informativos de derechos de los ciudadanos, he incluso yendo más allá, otorgando una cátedra dentro del pensum académico en escuelas, colegios y universidades, porque si no conocemos nuestros derechos en materias como la constitucional, internacional, violencia intrafamiliar, o penal, es imposible que la gente acuda a exigirlos en la Función Judicial.  Hay que demostrar, sobre todo, que hay sensibilidad en los aparatos de justicia, sin que esto merme la imparcialidad que debe tener el juez, sino que racionaliza la parcialidad.

Entonces, yo creo que la información debe ser a todo nivel, no solamente en materia de violencia intrafamiliar, sino en todos los niveles, y es verdad, también se necesita un protocolo de actuación; pero más allá del protocolo, también se necesita la sensibilidad necesaria, el auxilio de un equipo multidisciplinario.

Claro, como lo había dicho, yo conozco de leyes, pero quien me ayuda a mí para que esa pobre niña pueda asistir a una audiencia preliminar, por ejemplo, o pueda asistir frente a un tribunal penal que le juzga a una determinada persona, siempre con el propósito de que el juicio sea justo.  Si no existen estas ayudantes técnicas, que lamentablemente no tenemos los jueces penales, se dice que es el Ministerio Público pero no es así, ya que es costosa la justicia penal y el Estado se ha despreocupado totalmente; entonces la consecuencia de esta falta es el fracaso del juez.  Si no hay quien ayude a recuperar las heridas fisiológicas y psicológicas, el juez va a fracasar. 

 

9.- Considera que se necesitarían algunos cambios en esta dependencia para poder atender la nueva demanda que ha generado la normativa actual sobre VIF?

Este momento tenemos un sistema acusatorio, que más allá de la formalidad, la actuación del juez debe ser recontra informal, porque lo que el ciudadano quiere es una justicia rápida y eficiente, con calidad.  De qué nos sirve llenarnos de papeles, a través de peticiones, si nos podemos reunir Fiscal, policía y juez.  En mi práctica muchas veces lo he hecho así, porque creo yo que en el diálogo que mantengamos, dejando de lado posiciones antagónicas y de autoridad, podemos dialogar porque el objetivo es el mismo.  Entonces, yo creo que el sistema acusatorio es una buena oportunidad para generar mayor informalidad en las actuaciones, hacia una resolución justa.

Ahora, creo yo que deben existir defensores especializados.  Esto lo traemos de las directrices de abogados, aprobadas por Naciones Unidas, en donde se manifiesta que los defensores tienen que tener una especialización, inclusive los defensores que da el Estado.  Pero aquí tenemos un problema, si el defensor público depende de la Función Judicial, ya no es imparcial, porque yo conozco de muchos casos en que el defensor público pide autorización al Presidente de la Corte Suprema de Justicia para defender tal o cual caso.

A este respecto, sería interesante contar con una experiencia como la de Costa Rica, donde la Defensoría pública es más especializada que la privada.  Teóricamente, está creada la Defensoría Pública Nacional, pero en la práctica esta todavía no funciona, y esto pasa porque hay morosidad en el Estado.  Implementan el procedimiento penal en el Código pero no nos dotan de las herramientas necesarias para actuar conforme consta en la Ley.

La defensa es muy importante porque con el nuevo sistema procesal, se da la oralidad, y entre los defensores no se ha formado en destrezas en oralidad ni para manejar interrogatorios

 

10.- Cuales son los principales problemas que, a su juicio, genera la aplicación de la normativa actual sin que se hayan realizado los cambios necesarios?

Yo creo que todo sería salvable con la intención de los organismos de justicia de hacer bien las cosas.  Por ejemplo, antes los jueces no teníamos departamentos de criminalística, pero tenemos lógica, experiencia y razón.  No tendremos microscopios o detectores de huellas criminalísticas, pero debe haber esa preocupación.  Debemos acostumbrarnos a trabajar, muchas veces sin las herramientas adecuadas, pero no por ser este un país pobre, la inteligencia nuestra también debe ser pobre, sino que tiene que adecuarse a las necesidades e ir adelantando lo que podemos hacer y no conformarnos con lo poco que tenemos.  Yo creo que es más una acción política y de conducta de los funcionarios de justicia.  Tenemos entendido que hay una sobrecarga endémica, es verdad.  Ahora, después de la reforma procesal de 2001, los fiscales otra vez están atestados de trabajo, similar a lo que pasaba con nosotros, los jueces, antes de la reforma, sin embargo, yo creo que hay temas muy importantes como la violencia intrafamiliar que no pueden ser descuidados.  Entonces, más allá de tener unas herramientas acordes al siglo XXI, es nuestra mentalidad la que debe estar acorde a esos sistemas.

 

11.- La Ley 103 ha dado lugar a opiniones encontradas. ¿Conoce esas posiciones? Y usted ¿en qué posición se encuentra?

Yo creo que se parcializó la Ley, porque esta trata de violencia doméstica, sin embargo, siempre se asoció con violencia contra la mujer, pero también hay la situación de violencia hacia el hombre.  Cuando uno encuentra este tipo de posiciones es por desconocimiento de la ley, porque una persona que es agredida físicamente no necesariamente es sólo víctima, puede ser agresora psicológica como sucede con algunas mujeres.

Yo creo que el problema no está en la Ley sino en los ejecutores de esta, y quienes están a cargo, por ejemplo de las Comisarías de la Mujer.  Creo que debe haber la suficiente preparación y no con una visión sesgada totalmente.  Yo creo que estamos en una etapa muy importante en la que hay que pasar del juez burócrata al juez mediador, y es que las soluciones de sanciones nunca han dado resultados.  Yo, siendo juez penal, no tengo confianza en la pena, pero si tengo confianza en la mediación, porque arregla muchos problemas de carácter inmediato.  Hay que ceder posiciones, y si no se llega a un arreglo con la mediación, entonces habrá que buscar otras alternativas.  Aparte, hay que buscar soluciones por la vía del tratamiento ya que desde mi experiencia, veo que nos hemos olvidado de analizar el problema.  Entonces hay que ir al origen y allí encontraremos la solución.

 

12.- Si tiene algún otro comentario o sugerencia, menciónela por favor

Hay que seguir trabajando en la capacitación.  También creo que hay que hacer un mea-culpa en la Función Judicial, nos hemos encerrado demasiado, yo creo que debemos abrirnos a la sociedad, y aceptar las críticas que vengan de cualquier sector, porque precisamente una de las fuentes de mayor desprestigio judicial ha sido precisamente ese.  Todo lo reservado y escondido genera conjeturas y especulaciones.  En el momento que somos transparentes es porque no escondemos nada.  Cuando trabajemos juntos por un espacio de justicia y un resultado eficaz, yo creo que la imagen de la justicia otra vez vivificará.  Son tiempos muy difíciles que nos ha tocado pasar, pero creo que es lo que hemos sembrado y ahora tenemos como cosecha, y hemos tocado fondo, pero creo que el planteamiento de solución es con ustedes –la sociedad civil-, darnos la mano y empezar a caminar, justicia y sociedad.

 

 

ENTREVISTA CON EL ABOGADO VICENTE ZORROSA, JUEZ DÉCIMO NOVENO DE LO PENAL DE GUAYAS.-

1.-  Que importancia le otorga a la VIF como problema social de Ecuador?

Creo que es un problema social y más se da en las clases medias y bajas de la población.

 

2.- Cual es a su juicio el papel que le corresponde a los organismos del Estado para atender los casos de VIF?  Por Ejemplo, ¿qué organismos deberían estar involucrados, donde debería recaer el mayor peso de las acciones o como debería distribuirse ese peso entre ellos?

Bueno, tanto los jueces penales, de acuerdo a la nueva Ley de Niñez y Adolescencia, como las Comisarias de la Mujer y la Familia, tienen competencia en estos casos.  Ahora, para atacar el problema el Ministerio de Bienestar Social debería tener un rol más activo.

Por otro lado, la Comisaría de la Mujer cree que siempre debe proteger a la mujer, pero yo creo que debería proteger tanto al hombre como a la mujer.

Los roles están dados para cada uno de estos organismos.

 

3.- Tiene usted algún conocimiento del número de casos de VIF que ocurren en nuestro país?

Se que son muchísimos, pero es la Fiscalía la que debe conocer el número, sobre todo cuando la violencia pasa de contravención a delito.

 

4.- Ha recibido usted algún tipo de actualización en cuanto a formación profesional en materia de VIF?

No, no he recibido capacitación porque la Función Judicial no lo ha dado.

 

5.- Considera usted que la Ley 103 contra la Violencia a la Mujer y la Familia es un complemento necesario del ordenamiento del ordenamiento legal ya existente? Cree que no era necesaria una norma específica?, y si cree que no era la más adecuada, qué cambios le haría?

La Ley era necesaria pero para ser bien aplicada.  Creo que las Comisarias tienen una actuación sesgada, siempre sancionan al hombre, sea o no cierta la denuncia presentada contra él.  Habría que analizar más ciertos elementos en los casos, y eso no se hace.

Por otro lado, hay ocasiones en que las Comisarias se atribuyen, incluso competencia para conocer temas civiles que ya no les corresponden, como el tema de bienes.

 

6.- Conoce usted el ordenamiento jurídico internacional que sirve de marco a esta Ley?

No lo conozco de forma específica.

 

7.- Qué cambios en el funcionamiento cotidiano de este Juzgado, ha observado usted, que se produjeron a partir de la aplicación de esa Ley?

No he visto ningún cambio trascendente en este juzgado.

 

8.- Considera que sería útil contar con algún protocolo o guía de atención para casos de VIF en su área de actuación?

Creo que el reglamento debería ser para las Comisarias, no para nosotros.

 

9.- Considera que se necesitarían algunos cambios en esta dependencia para poder atender la nueva demanda que ha generado la normativa actual sobre VIF?

El Ministerio Público que es ahora el que lleva adelante el proceso de investigación, tendría que asignar un grupo de fiscales para que conozcan estos casos. 

Por otro lado, debería examinarse las actuaciones de las Comisarias porque hay abuso de autoridad por parte de ellas.

 

10.- Cuales son los principales problemas que, a su juicio, genera la aplicación de la normativa actual sin que se hayan realizado los cambios necesarios?

Yo no tengo conocimiento de si en las Comisarías de la Mujer y la Familia hay psicólogas, porque eso es lo principal.  Deberían realizarse informes psicosociales y el apoyo a las partes, sobre todo de clase baja.  Estas personas tienen una mentalidad más limitada y por ejemplo cuando una mujer conversa con otra de la facilidad que existe para detener al marido, otra puede hacer lo mismo.  Sobre todo porque no existe una investigación previa en las Comisarías.  Tampoco en los juzgados hay investigaciones previas ya que nuestra idiosincrasia es la de meter presa a la gente.

 

11.- Si tiene algún otro comentario o sugerencia, menciónela por favor

Mis comentarios y sugerencias están dados ya.

 

 

ENTREVISTA CON EL DR. ESTEBAN ZABALA PALACIOS, SECRETARIO DE LA UNIDAD DE DELITOS SEXUALES Y VIOLENCIA INTRAFAMILIAR DE LA FISCALÍA DE PICHINCHA.-

 

1.- Qué importancia le otorga a la VIF como problema social de Ecuador?

Es un tema muy importante por los danos psicológicos y físicos que se producen en todos los miembros de la familia.  Cuando hay violencia de uno de los miembros  otro u otros, generalmente se forman bandos y esto perjudica la relación de toda la familia porque esto genera más violencia.

 

2.- Cual es a su juicio el papel que le corresponde a los organismos del Estado para atender los casos de VIF?  Por Ejemplo, ¿qué organismos deberían estar involucrados, donde debería recaer el mayor peso de las acciones o como debería distribuirse ese peso entre ellos?

La función que tiene el Ministerio Publico es la de investigar los delitos.  Si bien la Ministra Fiscal General, por ser una persona sensible respecto de este tema, se ha preocupado de firmar convenios con instituciones públicas y privadas para ejecutar planes de prevención de la VIF, esa no es la función que da el Código de Procedimiento Penal a los fiscales, sino la de intervenir cuando se ha cometido un delito.

En efecto, es la fase de indagación previa la que les corresponde a los fiscales, sin embargo, en esta unidad, por ejemplo, contamos con una perito psicóloga, quien emite las pruebas de cargo o descargo del delito y presenta recomendaciones como por ejemplo, la necesidad de que las víctimas de violencia intrafamiliar tengan una terapia psicológica.  Se trata de ayudar a las víctimas pero no podemos hacer más por ellas.

Con el dictámen fiscal, es el juez el que decide o no iniciar el juicio y dictar las medidas cautelares que considere necesarias

 

3.- Tiene usted algún conocimiento del número de casos de VIF que ocurren en nuestro país?

No, no manejo estadísticas del número total de casos de VIF.  Únicamente le puedo decir que desde enero de este ano hemos tenido 950 denuncias por delitos sexuales y violencia intrafamiliar, de las que aproximdamente unas 130 son por VIF, tanto porque la violencia física supera los tres días de incapacidad de la víctima o por incumplimiento de medidas de amparo.

Hay que tener en cuenta que aquí sólo se registra la VIF que constituye delito, las contravenciones se juzgan a nivel de las Comisarías y se que el número de denuncias es muy elevado.

Es importante mencionar que existe un problema muy importante con los casos que llegan a la Fiscalía por incumplimiento de medidas de amparo, ya que las Comisarias de la Mujer y la Familia, cuando remiten un caso, quizá por el exceso de trabajo, no motivan adecuadamente porqué nos remiten el caso, y cuando nosotros investigamos, en la mayoría de casos nos vemos obligados a archivar las causas ya que no encontramos motivos suficientes para iniciar un juicio penal. 

Por ejemplo, cuando se ha ordenado la medida de amparo número 2[4], y la mujer denuncia que el marido ha incumplido la medida, cuando investigamos, generalmente no encontramos suficientes pruebas que demuestren esto, por lo que debemos archivar las causas.

 

4.- Ha recibido usted algún tipo de actualización en cuanto a formación profesional en materia de VIF?

No, los fiscales si pero el personal administrativo no ha recibido capacitación sobre VIF.  Lo que hemos recibido son capacitaciones en el Debido Proceso, con motivo de la implementación del Código Penal vigente desde el 2001.

Sin embargo, uno se capacita quí, con los casos que se ven cada día. Yo llevo dos anos trabajando aquí, desde que se creó esta unidad y me siento suficientemente capacitado.

 

5.- Considera usted que la Ley 103 contra la Violencia a la Mujer y la Familia es un complemento necesario del ordenamiento del ordenamiento legal ya existente? Cree que no era necesaria una norma específica?, y si cree que no era la más adecuada, qué cambios le haría?

Creo que la Ley 103 es pertinente para la situación de la sociedad ecuatoriana.  Considero, sin embargo, que las autoridades que conocen casos de violencia intrafamiliar, me refiero a las Comisarias de la Mujer y la Familia, son muy feministas en la aplicación de la Ley, y en ocasiones irrespetan los derechos procesales de los hombres, juzgan los casos de VIF con un sesgo claro a favor de la mujer.

 

6.- Conoce usted el ordenamiento jurídico internacional que sirve de marco a esta Ley?

No, no conozco mucho de eso.

 

7.- Qué cambios en el funcionamiento cotidiano de esta unidad de la Fiscalía, ha observado usted, que se produjeron a partir de la aplicación de esa Ley?

Para la Fiscalía, el cambio no se dió a partir de la publicación de la Ley 103, sino del Código de Procedimiento Penal.  Ahora si hay una verdadera investigacion.  Antes el juez actuaba sólo a petición de las partes; ahora en cambio el fiscal actúa de oficio, con lo cual, ante una denuncia por un delito de violencia intrafamiliar, el fiscal practica las pruebas que considera necesarias para determinar si existió delito o no.

Piense usted que con el anterior CPP, cuando una mujer denunciaba el cometimiento de un delito de violencia intrafamilir, debía tener un abogado; ahora esto no es necesario ya que la víctima de escasos recursos económicos puede venir directamente aquí, si bien tiene que hacer una cola, pero su denuncia es receptada y tratándose de un delito de conocimiento público, actúa de oficio y si hay suficientes méritos, el juez debe iniciar y continuar la causa penal[5].

 

8.- Considera que sería útil contar con algún protocolo o guía de atención para casos de VIF en su área de actuación?

No, creo que para juzgar los casos de VIF es suficiente la normativa que existe, que como le dije, es acorde con el momento que vive Ecuador.

Si creo, sin embargo, que para el apoyo a las víctimas es necesario que, por ejemplo, el Ministerio de Bienestar Social, se haga cargo de esto.

Piense usted que en la actualidad, cuando la fiscalía de Pichincha conoce un caso grave de delito sexual o de violencia intrafamiliar en que la víctima corre grave riesgo, no puede volver a su hogar y no tiene donde quedarse, por medio de un Convenio que ha firmado la Dirección Nacional de Política Penal, esa víctima va a la Casa Matilde[6].

 

9.- Considera que se necesitarían algunos cambios en esta dependencia para poder atender la nueva demanda que ha generado la normativa actual sobre VIF?

Básicamente, hcen falta recursos económicos.  Si bien, gracias a las gestiones de la Ministra Fiscal General, nuestro presupuesto se ha incrementado considerablemente respecto del que teníamos cuando iniciamos con el CPP vigente, todavía requerimos contar con más personal.  Por ejemplo, para esta unidad de delitos sexuales y violencia intrafamiliar, hay un solo secretario y no contamos con medios suficientes para las investigaciones.

Hay que decir, sin embargo, que trabajamos a gusto porque los sueldos buenos, entonces, cuando necesitamos quedarnos trabajando hasta después de nuestra jornada, lo hacemos sin problema.

 

10.- Cuales son los principales problemas que, a su juicio, genera la aplicación de la normativa actual sin que se hayan realizado los cambios necesarios?

El trabajo aquí es de 24 horas.  Siempre hay un fiscal de turno.  La carga de trabajo es muy grande, sin embargo, creo que hay un mayor acercamiento de la justicia a la población porque el fiscal cumple el papel de intermediario entre el juez y las partes del proceso, sobre todo la víctima.

 

11.- La Ley 103 ha dado lugar a opiniones encontradas. ¿conoce esas posiciones? Y usted ¿en qué posición se encuentra?

Como le he dicho, es una Ley pertinente la momento de la sociedad ecuatoriana.  Sin embargo, es en la aplicación de la ley, sobre todo por parte de las Comisarias de la Mujer y la Familia, donde encuentro actuaciones criticables.  No se cumple el debido proceso.  A la Comisaria de la Mujer y la Familia le basta una simple denuncia para dictar medidas tan graves como la salida obligada del supuesto agresor del hogar común.

Fíjese usted que por esa razón se cambió el CPP.  Antes, al juez le bastaba una simple denuncia para abrir Auto Cabeza de Proceso[7].  Ahora debe haber un ainvestigqción previa, antes de iniciar una causa penal contra alguien, y peor todavía para sancionarle.

 

12.- Si tiene algún otro comentario o sugerencia, menciónela por favor

Creo que hay que trabajar a nivel gubernamental en Políticas Públicas de prevención contra la VIF, por medio de la educación y el control de bebidas alcohólicas y drogas.

Por otro lado, hay que dar respuestas permanentes a las víctimas de VIF.  Por ejemplo, en la Casa Matilde las víctimas pueden estar un mes o un tiempo más, pero cuando el tiempo termina, no hay prevista ninguna otra estrategia para ayudar a esas mujeres.

 

 

 

ENTREVISTA CON LA ABOGADA MARCELA ESTRADA PAREDES, FISCAL ASIGNADA A LA UNIDAD DE DELITOS SEXUALES Y VIOLENCIA INTRAFAMILIAR EN GUAYAS.-

 

1.- Que importancia le otorga a la VIF como problema social de Ecuador?

Antes de que yo tuviera este trabajo, no tenían idea de la magnitud de los problemas que se dan a nivel intrafamiliar.  Ahora que estoy asignada a esta unidad, verdaderamente me llama la atención ver todos los conflictos que se suscitan entre padres e hijos, entre esposos y en general entre los miembros de la familia.  Esto no estaba en mi mente, es verdaderamente grave la situación.  Producto de esta violencia, hay consecuencias muy graves para la familia.  Esos niños, a futuro serán personas con serios problemas.

 

2.- Cual es a su juicio el papel que le corresponde a los organismos del Estado para atender los casos de VIF?  Por Ejemplo, ¿qué organismos deberían estar involucrados, donde debería recaer el mayor peso de las acciones o como debería distribuirse ese peso entre ellos?

El estado debería asignar más fondos a las instituciones que están inmersas en esto.  Por ejemplo el INNFA[8] no tiene los suficientes medios para poder asistir y ayudar a las familias con problemas.  Cuando en la Fiscalía tenemos casos graves de este tipo, inmediatamente los remitimos al INNFA, para que vayan a recibir terapia.  Pero hace falta más, y hace falta que el gobierno ponga más interés y que se tome conciencia de lo que está pasando, porque el problema es muy grave.

 

3.- Tiene usted algún conocimiento del número de casos de VIF que ocurren en nuestro país?

No podría decirle exactamente el número que existe, pero como nosotros tramitamos aquí, diariamente los procesos, puedo decirle que el número es muy grande.  Mire que en esta unidad a la que pertenezco, yo considero que existe mucho más trabajo que en otras unidades, por los problemas que se suscitan a nivel intrafamiliar.

 

4.- Ha recibido usted algún tipo de actualización en cuanto a formación profesional en materia de VIF?

Mire, lamentablemente no me han mandado a mí.  Se que otras compañeras han ido a especializarse, pero yo que tanto ansío, no me han enviado.  Pienso que a todos no nos pueden mandar en igual tiempo pero yo si estoy deseosa.  Quisiera ir a prepararme, a actualizarme.  En INNFA nos invitaron, tuvimos unas charlas muy importantes y les pedí que cuando organicen eventos de capacitación, me inviten.

 

5.- Considera usted que la Ley 103 contra la Violencia a la Mujer y la Familia es un complemento necesario del ordenamiento del ordenamiento legal ya existente? Cree que no era necesaria una norma específica?, y si cree que no era la más adecuada, qué cambios le haría?

Esto está muy bien.  Desde el hecho mismo de la creación de las Comisarías de la Mujer y la Familia, es algo que debió haber estado desde hace mucho tiempo antes, pero lo que si yo veo y que en una ocasión conversé con una Comisaria de la Mujer y la Familia, es que yo veo que son muy fuertes, están para juzgar siempre al hombre y no siempre las cosas son así.  Yo le decía que porqué esa forma tan violenta de sacarle del hogar.  Por que no tratan más bien de unir a esa pareja; y me contestó que ellos no eran una institución reconciliadora, sino para hacer cesar la violencia intrafamiliar, cosa que me pareció muy fuerte, demasiado.  Porque en el hogar lo que tiene es que solucionarse el problema.  Yo entiendo que toda esa agresividad que existe, tanto del hombre como de la mujer, hay que trabajar en conjunto por la familia porque no se trata de disociarla.  Yo soy de ese criterio y cuando vienen me gusta aconsejarles.

 

6.- Conoce usted el ordenamiento jurídico internacional que sirve de marco a esta Ley?

Considero que al haber creado la Ley especial de la Familia, se están considerando algunos ordenamientos internacionales.

 

7.- Qué cambios en el funcionamiento cotidiano de esta unidad de la Fiscalía, ha observado usted, que se produjeron a partir de la aplicación de esa Ley?

Bueno, yo no puedo hablar de mayores cambios porque yo ingresé con el CPP e inmediatamente me pusieron en esta unidad especial, por tanto yo siempre he trabajado aquí.  Ahora bien, el mismo hecho de que exista una unidad específica da cuenta de que se está dando mayor atención al problema de la violencia intrafamiliar y sexual.

 

8.- Considera que sería útil contar con algún protocolo o guía de atención para casos de VIF en su área de actuación?

Si, creo que sería necesario, pero nosotros trabajamos con el INNFA, ellos nos dan gran ayuda.

 

9.- Considera que se necesitarían algunos cambios en esta dependencia para poder atender la nueva demanda que ha generado la normativa actual sobre VIF?

Para poder ser más eficientes, deberíamos tener los medios necesarios.  La logística.  No tenemos con que trabajar. 

 

10.- Cuales son los principales problemas que, a su juicio, genera la aplicación de la normativa actual sin que se hayan realizado los cambios necesarios?

Mire esa computadora vieja que hay.  Nos hace falta un poco más de personal, instalaciones, asistencia técnica, todo eso nos hace falta.

 

11.- La Ley 103 ha dado lugar a opiniones encontradas. ¿Conoce esas posiciones? Y usted ¿en qué posición se encuentra?

Yo pienso que atrás de esto, la sociedad misma como que está degenerándose, porque hay que ver que hay detrás de la violencia.  Tal vez falta de principios, falta de medios económicos, y esto acarrea, pienso yo, la violencia.  Los niños van creciendo con falta de valores, entonces para ellos es fácil tener dos o tres mujeres.  Esto ocasiona problemas y de allí proviene la violencia.

 

12.- Si tiene algún otro comentario o sugerencia, menciónela por favor

Bueno, lo que yo diría es que la violencia se erradicaría un poco cuando hayan medios de trabajo, los hogares tengan sus necesidades básicas satisfechas.  Quisiera que todos los hombres jefes de hogar tengan trabajo y puedan satisfacer.  Por otro lado, que la violencia no sólo se da en las clases sociales bajas y medias, sino también en las altas, pero en estos últimos casos las mujeres no denuncian, se quedan calladas. 


ENTREVISTAS CON FUNCIONARIOS DE POLICÍA

A continuación, se presenta la transcripción de tres entrevistas hechas a funcionarios de policía.  Se pretendió tomar una muestra representativa de los diferentes grados del Cuerpo Policial, en ese sentido, se entrevistó al Director encargado de la Policía Judicial, organismo que es parte de la Policía Nacional, que tiene la tarea encomendada de apoyar a la Función Judicial, y de donde depende, a su vez, la Oficina de los Derechos de la Mujer.  Lamentablemente, no fue posible hablar con los Directores permanentes ya que ellos se encuentran de vacaciones.

En segundo término, se entrevistó a la Directora de la ODMU en Quito, y finalmente se entrevistó a un agente de la ODMU de Guayaquil.  Esto nos brinda una panorámica casi completa de la visión que tiene la Policía respecto del tema de la violencia intrafamiliar.

La conclusión que he podido extraer, una vez realizas las entrevistas, es que, cuando fue creada la ODMU, el resto de la Policía Nacional casi se desentendió del tema de violencia intrafamiliar. 

En mi opinión, sigue considerando este problema como de poca importancia, y por tanto, no ve la necesidad de capacitar al resto de efectivos en el apoyo a este tipo de víctimas.  Es más, por cuanto se ha detectado que entre los efectivos policiales y militares, hay un elevado porcentaje de agresores, existe la percepción generalizada, en estos estamentos, de desconfianza frente a las actuaciones que se emprenden para enfrentar la violencia intrafamiliar.

 

1.- ENTREVISTA CON EL COMANDANTE DE POLICÍA JUAN FRANCISCO SOSA BARRENO, JEFE PROVINCIAL DE LA POLICÍA JUDICIAL DE PICHINCHA Y DIRECTOR DE LA POLICÍA JUDICIAL (E).-

 

1.- Considera usted que el reconocimiento de la existencia de la VIF (violencia intrafamiliar), ha cambiado las actuaciones policiales? ¿Podría explicar en qué sentido?

:La violencia intrafamiliar no es mi área de trabajo, el área específicamente mía es a lo que me obliga el Código de Procedimiento Penal[9].  Respecto del tema del que usted me está entrevistando, es la Oficina de los Derechos de la Mujer la unidad que está a cargo.  Esta unidad tiene de otro personal. 

Por tanto, la realidad que usted me pregunta no está acorde con mi realidad de trabajo.  En ese sentido, yo preferiría que usted le haga esa pregunta a la policía que está manejando ese tipo de información.