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 Caso MM - 12041 - Perú

En el mes de Mayo de 1998, CLADEM Perú presentó una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en Washington, sobre el caso MM en relación a una violación sexual cometida por un médico de un establecimiento público de salud. La denuncia se presenta debido a fallas en el debido proceso judicial peruano.

El Estado peruano y las peticionarias llegaron a un Acuerdo de Solución Amistosa, el mismo que se firmó el 6 de Marzo de 2000 en presencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Actualmente se está haciendo el seguimiento al cumplimiento del Acuerdo de Solución Amistosa ante la CIDH, respecto al punto 1º del mismo (sanciones para el médico-agresor), que aún no ha sido cumplido por el Estado peruano. 

El 27 de agosto de 2004, el Ministerio de Justicia fijó una reunión de Trabajo en relación al cumplimiento de los acuerdos de solución amistosa suscritos por el Estado peruano y los representantes de las víctimas en los casos MM y Mamérita Mestanza, a las 10:30am en la sede del Consejo Nacional de Derechos Humanos en Lima. Asistió a dicho evento la responsable del caso en representación de DEMUS y CLADEM (organizaciones co-peticionarias).

 

El martes 26 de octubre se realizó una audiencia de la CIDH donde se trataron cuestiones vinculadas a los casos MM y Mamérita Mestanza.  Se preparó la audiencia de los casos de Perú en conjunto con el CEJIL los días 21 y 22 de octubre. La audiencia se realizó el día 26 de octubre. Participaron representantes de la Comisión interamericana de derechos humanos, representantes del Estado peruano y representantes Peticionarios.

 

Las peticionarias relataron el estado de cumplimiento del Acuerdo de Solución Amistosa, el que se centra fundamentalmente en dos puntos: la sanción administrativa de Gerardo Salmón Horna y el cumplimiento del punto 8 de la cláusula tercera del Acuerdo, es decir el seguimiento de reformas normativas en el tema de violencia sexual.

 

Se reconoció que el Estado Peruano había realizado cambios legislativos en materia de violencia sexual adecuándose a los estándares de la Corte Penal Internacional (el tipo penal de violación sexual). Sin embargo, se señaló que existían algunos pendientes en materia procesal penal.

 

Luego, se intercambiaron algunas ideas sobre el cumplimiento del Acuerdo de Solución Amistosa, quedando en lo siguiente:

El Estado se compromete a gestionar la Junta Investigadora para que analice el caso Salmón Horna y se viabilice su cese definitivo. 

Los mecanismos legales y administrativos sobre el tratamiento de la violencia sexual recomendados por las peticionarias en su propuesta de solución amistosa (cláusula tercera punto 8 del Acuerdo de Solución Amistosa) serán revisados en la comisión de seguimiento del presente caso.

 

Posteriormente, recibimos de la CIDH un oficio con información adicional aportada por el estado peruano en relación al caso MM 12041. La CIDH solicita a las co-peticionarias información adicional al respecto. La responsable del caso viene  elaborando el mencionado documento.

 

Hasta este primer semestre de 2005 el  Estado Peruano sigue incumpliendo con su compromiso de sancionar a los responsables del caso de violación sexual perpetrado contra MM.

 

El señor Gerardo Armando Salmón Horna, denunciado por este delito, no sólo se encuentra en libertad, sino que continúa trabajando en el Hospital “Carlos Monge Medrano”, lugar en el que ejercía la medicina y desde el cual abordó a su víctima.

 

En el presente año (2005) debió conformarse una Junta Investigadora para la evaluación del cese definitivo de Gerardo Salmón Horna en su trabajo; sin embargo, ello no se ha dado por la solidaridad implícita que existe entre este señor y sus colegas, quienes vienen renunciando a conformarla. El Estado Peruano está siendo permisivo a la impunidad que rodea el presente caso.

 

 

 
 

 

Consejo Consultivo de CLADEM:
Carmen Antony
Susana Chiarotti

Graciela Dufau*
María Antonia Martínez
Julieta Montaño
Silvia Pimentel

Ana Rivera
Giulia Tamayo
Roxana Vásquez
Cristina Zurutuza

* In Memorian
 


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