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DOCUMENTO DEL MOVIMIENTO DE MUJERES PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LA CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER (CEDAW) POR PARTE DEL ESTADO BRASILEÑO: PROPUESTAS Y RECOMENDACIONES (*)


Introducción

1. El presente documento constituye una contribución del movimiento de mujeres para garantizar el cumplimiento efectivo de la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) por parte del Estado brasileño. Su elaboración contó con la significativa participación de redes, articulaciones nacionales, entidades y personas. Tiene como principal propósito poner de relieve las preocupaciones y prioridades relativas a la aplicación de los derechos humanos de las mujeres y la construcción y consolidación de su ciudadanía a partir de las vivencias, percepciones y visión de las militantes del movimiento de mujeres.

2. Se comprometieron en el proceso trece redes y articulaciones nacionales de mujeres: AMB – Articulação de Mulheres Brasileiras (articulación de mujeres brasileñas), Articulação de ONGs de Mulheres Negras Brasileiras (articulación de ONG de mujeres negras del Brasil), ANMTR – Articulação Nacional de Mulheres Trabalhadoras Rurais (articulación nacional de mujeres trabajadoras rurales), CNMT/CUT - Comissão Nacional Sobre a Mulher Trabalhadora da CUT (comisión nacional sobre la mujer trabajadora de la central única de trabajadores), MAMA - Movimento Articulado de Mulheres da Amazônia (movimiento articulado de mujeres de la Amazonía), REDEFEM - Rede Brasileira de Estudos e Pesquisas Feministas (red brasileña de estudios e investigaciones feministas), REDOR - Rede Feminista Norte/Nordeste de Estudos e Pesquisas sobre a Mulher e Relações de Gênero (red feminista de la región norte/noreste para estudios e investigaciones sobre la mujer y las relaciones entre géneros), Rede Nacional de Parteiras Tradicionais (red nacional de parteras tradicionales), Rede Feminista de Saúde – Rede Nacional Feminista de Saúde, Direitos Sexuais e Direitos Reprodutivos (red feminista de salud-red nacional feminista de salud, derechos sexuales y derechos reproductivos), Rede de Mulheres no Rádio (red de mujeres en radiodifusión), Secretaria Nacional da Mulher da CGT - Confederação Geral dos Trabalhadores (secretaría nacional de la mujer de la confederación general de trabajadores), Secretaria Nacional da Mulher da Força Sindical (secretaría nacional de la mujer de la fuerza sindical) y UBM - União Brasileira de Mulheres (unión brasileña de mujeres). Además, se contó con la participación de dos entidades promotoras: AGENDE – Ações em Gênero Cidadania e Desenvolvimento (Agende - acciones en género, ciudadanía y desarrollo) y CLADEM-Brasil (Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer).

3. No es intención del presente documento realizar un análisis crítico de los 16 artículos que enuncian las obligaciones de los Estados parte con respecto a la erradicación de la discriminación contra la mujer, sino más bien trazar ejes temáticos que constituyan un reflejo de los principales desafíos que enfrenta el pleno ejercicio de los derechos humanos de las mujeres al inspirarse en la concepción contemporánea de los derechos humanos: a) universalidad de las políticas en función de la diversidad de mujeres; b) restricciones a la ciudadanía de las mujeres; c) las diversas caras de la violencia; y d) salud: universalidad, carácter integral y equidad. Finalmente se presentarán recomendaciones al Estado brasileño como una manera de ayudar al comité de la CEDAW con el análisis del informe oficial y su pronunciamiento respecto al mismo. Tales recomendaciones expresan un esfuerzo constructivo en respuesta al nuevo contexto político marcado especialmente por el cambio de gobierno en enero de 2003.

4. En el Brasil, el movimiento de mujeres ha buscado a lo largo de las últimas cuatro décadas promover cambios en el país a nivel de comportamientos, mentalidades y estructura social, mediante la reivindicación de transformaciones políticas amplias y significativas. La participación intensiva de las mujeres brasileñas en las conferencias internacionales Rio-92, El Cairo, Beijing, Copenhague y Durban evidencia no sólo la legitimidad, sino también la pluralidad de las voces de las mujeres. Cada vez se tiene mayor consciencia sobre la necesidad de establecer medidas legislativas, judiciales y especialmente políticas públicas que garanticen el acceso de todas a los derechos humanos fundamentales y a la conquista de la ciudadanía.

5. Además de contribuir con el comité de la CEDAW, este documento tiene como propósito también contribuir con el nuevo gobierno, buscando construir el diálogo y el perfeccionamiento de los programas y acciones gubernamentales a nivel federal destinados a erradicar la pobreza y promover la equidad y la justicia. Las disparidades de acceso en razón de sexo, raza, etnia, clase y región deben eliminarse con instrumentos eficaces que promuevan la emancipación, la autonomía y el protagonismo de las mujeres, elevando su autoestima y dignidad y afirmando su ciudadanía.

 

2. Metodología

6. La preparación del presente informe alternativo a cargo de la sociedad civil, el cual se entregará al Comité Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer –CEDAW—contó con la amplia participación del movimiento de mujeres, representado por trece redes y articulaciones nacionales de mujeres brasileñas convocadas por AGENDE y CLADEM-Brasil. Desde 2001, AGENDE – Ações em Gênero Cidadania e Desenvolvimento, entidad de enlace en el Brasil de la campaña mundial “Los derechos de las mujeres no son facultativos” en pro de la ratificación y aplicación de la CEDAW y su Protocolo Facultativo, y CLADEM-Brasil, Comité Latinoamericano y del Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer, han desplegado esfuerzos en la preparación democrática del informe de la sociedad civil.

7. Las trece redes y articulaciones nacionales comprometidas en el proceso y las dos entidades promotoras se reunieron en Diciembre de 2002 y decidieron que el proceso de elaboración del informe debía contar con la participación de los diversos segmentos del movimiento de mujeres. Además, definieron en forma conjunta las estrategias y metodologías que se adoptarían, pese al escaso tiempo faltante para la presentación del informe1. En esta reunión se elaboró un instrumento de consulta a los movimientos de mujeres y feministas para apoyar la preparación del informe de la sociedad civil. Dicho instrumento, que se sistematizó como formulario, se basó en el informe oficial que el gobierno brasileño presentó a la sociedad civil en Octubre de 2002. Las preguntas estaban orientadas a identificar distorsiones y omisiones en el informe del gobierno y determinar el nivel de efectividad de las medidas adoptadas para la aplicación de los derechos fundamentales especificados en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW).

8. La consulta consistió en el desarrollo de acciones articuladas entre las entidades promotoras del proceso, AGENDE y CLADEM, y las redes y articulaciones participantes. AGENDE remitió cartas y formularios por vía electrónica y correo a cerca de 1 500 entidades de mujeres de todo el país. Cada una de las trece redes y articulaciones nacionales de mujeres brasileñas se encargó de reforzar la visibilidad del proceso a nivel de sus filiales de todas las regiones del país. Además, hubo una amplia circulación de formularios entre las entidades participantes a través de la red de comunicación por fax y boletines electrónicos.

9. La respuesta que los diversos segmentos del movimiento de mujeres enviaron directamente o a través de las redes y articulaciones fue sistematizada por CLADEM-Brasil, lo que dio origen a la primera versión del documento elaborada por una comisión de sistematización de datos. El documento resultante fue sometido a consideración de todo el movimiento de mujeres, de manera que éste presentara sugerencias de revisión. Tras esta segunda consulta, el documento fue objeto de análisis en otra reunión con las redes y articulaciones nacionales de mujeres brasileñas realizada los días 11 y 12 de Abril de 2003, ocasión en la que, tras un debate y revisión, se definió la versión final del documento. Esta segunda versión del documento fue trabajada por la misma comisión y sometida a la aprobación definitiva de las trece entidades participantes. El cuidado y la transparencia en todas las etapas del proceso tuvo por objeto garantizar la voz y participación plena de los movimientos de mujeres brasileñas.

 

3. Principios

10. El ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, considerando los parámetros de protección trazados por la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer –CEDAW—requiere, como punto de partida, el establecimiento de principios orientadores de los derechos humanos contemporáneos. Bajo los principios de universalidad, indivisibilidad y diversidad, los derechos humanos se conciben desde la perspectiva histórica de construcción de la ciudadanía y la equidad y dentro de un contexto político que demanda la separación del Estado y la Iglesia.

11. La Declaración Universal de 1948 adoptada por la ONU en respuesta a la barbarie de la Segunda Guerra Mundial –holocausto, Hiroshima y Nagasaki—renueva la gramática de los derechos humanos al introducir la llamada concepción contemporánea de derechos humanos fundamentada en la dignidad de todas las personas y marcada por la universalidad e indivisibilidad de tales derechos. Se habla de universalidad porque la condición de persona constituye el único requisito para gozar de la titularidad de derechos, siendo la dignidad humana el fundamento de los derechos humanos. Y se menciona la indivisibilidad pues por primera vez se conjuga el enunciado de los derechos civiles y políticos con el enunciado de los derechos económicos, sociales y culturales. La Declaración de 1948 combina el discurso liberal y el discurso social de la ciudadanía, conjugando el valor de la libertad con el valor de la igualdad. Es así que no hay libertad sin igualdad, ni igualdad sin libertad.

12. Cabe resaltar que la Declaración de Derechos Humanos de Viena, adoptada en 1993, reitera la concepción consagrada por la Declaración de 1948 al afirmar, en su párrafo 5, que “Todos los derechos humanos son universales e interdependientes y están interrelacionados.” Por lo tanto, la Declaración de Viena de 1993, suscrita por 171 Estados, respalda la universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos.

13. Asimismo, la Declaración de Derechos Humanos de Viena afirma, en su párrafo 18, que los derechos de las mujeres y las niñas son parte inalienable, integral e indivisible de los derechos humanos universales. Esta concepción fue reiterada en la Plataforma de Acción de la Cuarta Conferencia Mundial Sobre la Mujer de 1995. Esto significa que no hay forma de defender derechos humanos sin incluir los derechos del 50% de la población mundial.

14. Es importante resaltar el legado de la Década de la Mujer que la ONU promovió desde 1975 hasta 1985, la cual comenzó con la Conferencia Mundial de Mujeres realizada en México, siguió con la de Copenhague en 1980 y culminó con la Tercera Conferencia Mundial en Nairobi. En este contexto, se elaboró la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer –CEDAW- cuya adopción tuvo lugar en 1979.

15. Incluso en lo que respecta a la construcción histórica de los derechos de las mujeres, es importante recalcar que la Conferencia de Viena de 1993 reconoció la violencia contra la mujer como violación de los derechos humanos. En Diciembre de 1993, la ONU adopta la Declaración Sobre la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer y, en 1994, en el ámbito de la OEA, se aprueba la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer (“Convención de Belém do Pará”). Además de estos instrumentos internacionales, se destacan la Conferencia de El Cairo Sobre Población y Desarrollo celebrada en 1994 en la que se consagraron por primera vez los derechos reproductivos como derechos humanos, la Cumbre Mundial de Desarrollo Social de Copenhague realizada en 1995 y, especialmente, la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer que tuvo lugar en Beijing, en 1995. En 2001, la ONU, en el marco de la Conferencia Mundial Contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y Formas de Intolerancia Afines, adoptó la Declaración y el Programa de Acción de Durban cuyo eje central fue la promoción de la igualdad y la diversidad racial.

16. El valor de la diversidad se impone como condición para alcanzar la universalidad y la divisibilidad de los derechos humanos. Si la primera fase de protección de los derechos humanos tuvo un contenido general, genérico y abstracto basado en una igualdad formal, en la segunda fase surge la especificación del sujeto de derecho que pasa a ser visto con sus peculiaridades y particularidades. Desde esta óptica, determinados sujetos de derechos o determinadas violaciones de derechos exigen una respuesta específica y diferenciada. Se pasa del paradigma del hombre occidental, adulto, blanco, heterosexual y dueño de un patrimonio a la visibilidad de nuevos sujetos de derechos.

17. A la diestra de la igualdad, surge también el derecho a la diferencia como condición fundamental. A partir de ello, emergen nuevos sujetos de derechos, así como el derecho al reconocimiento de identidades propias. Este escenario permite repensar, revisar y conceptualizar nuevamente los derechos humanos a partir de la relación entre los géneros como un tema transversal. Se hace pues importante percibir la manera en que hombres y mujeres viven los derechos humanos en los ámbitos civil, político, económico, social y cultural.

18. Se consolida el carácter bidimensional de la justicia como redistribución y reconocimiento de identidades. De ahí que surja la necesidad de una igualdad con reconocimiento de diferencias y una diferencia que no produzca, alimente ni reproduzca desigualdades. En este sentido, el presente documento incorpora los derechos humanos de las mujeres a partir de los aspectos de género, clase, raza, etnia y edad, considerando la universalidad y la indivisibilidad de los derechos humanos. Por lo tanto, los principios de la dignidad humana, igualdad, no discriminación, diversidad, universalidad e indivisibilidad se congregan como valores fundamentales que guían la elaboración de este documento.

19. Sin embargo, este avance significativo en materia de principios y normas no se ha traducido en la práctica en condiciones de vida más elevadas y justas para millones de hombres y mujeres brasileños.

20. Cabe resaltar que el Brasil figura como el cuarto país del mundo con el índice más alto de concentración de ingresos, siendo superado apenas por Sierra Leona, República Centroafricana y Suazilandia. El ingreso promedio del 10% de los más ricos es 28 veces mayor que el de 40% de los más pobres2.

21. La dinámica de exclusión social está condicionada por la deliberada ausencia del Estado, lo cual responde a la política de participación estatal mínima resultante de los ajustes estructurales. El Estado falla en todos los servicios básicos de salud, educación, vivienda y saneamiento al no ofrecer la infraestructura esencial o al proporcionarla sin garantizar la calidad de funcionamiento de los servicios. Por mucho que esté presente a través de sus fuerzas policiales en los rincones más apartados del país, su actuación se restringe prácticamente a la imposición de disciplina, dejando de cumplir su responsabilidad de promover la ciudadanía en los demás aspectos de los derechos fundamentales. La reducción del gasto público y los recortes presupuestarios como parte del proceso de redefinición del Estado ante el impacto de la globalización económica y las políticas neoliberales han puesto en peligro el ejercicio de los derechos sociales básicos, agudizando las marcas de pobreza y desigualdad y atentando contra el carácter integral de los derechos humanos en lo que respecta al pleno ejercicio no sólo de los derechos económicos, sociales y culturales, sino también de los derechos civiles y políticos.

22. En el Brasil, la desigualdad ha crecido de manera sistemática, siendo actualmente mucho más elevada que en la primera mitad de la década de los 80. Los niveles de desigualdad varían en gran medida en función de las diferencias regionales, observándose una disparidad sistemática entre los niveles de ingresos del noreste –donde 45% de las personas vive en situación de pobreza—y las demás regiones del país.

23. Además de las disparidades regionales, se observa que los diferentes niveles de reproducción de desigualdad y exclusión social están marcados por los aspectos de género, clase, raza, etnia, edad y otros. La pobreza y la desigualdad socioeconómicas afectan desproporcionadamente a las mujeres de la ciudad y el campo y a las poblaciones de origen africano e indígenas del Brasil.

24. Sin embargo, en el plano jurídico, cabe resaltar que el Brasil ha ratificado prácticamente todos los tratados y convenciones internacionales y, en el ámbito nacional, la Constitución brasileña de 1988, marco jurídico de la transición democrática y la institucionalización de los derechos humanos en el país, consagra la plena igualdad entre hombres y mujeres al incorporar una mayoría significativa de las reivindicaciones formuladas por el movimiento social y en especial por el movimiento de mujeres.

25. Lo que caracteriza el incumplimiento del Estado brasileño respecto a los compromisos firmados radica principalmente en la fragmentación, la desarticulación y la discontinuidad de las políticas públicas agravadas por la disparidad con que la población femenina accede a esas políticas. Esto explica el distanciamiento entre los parámetros de protección de los derechos humanos de las mujeres establecidos en el marco internacional, constitucional e incluso en la legislación nacional y la situación real de violación de los derechos más esenciales. Existe pues un abismo entre la ley y la vida. La gran mayoría de mujeres se mantiene cercada por los muros de la indiferencia, aislada por un conjunto de circunstancias acumulativas que superponen y reproducen desigualdades.

4. Ejes temáticos

4.1 Universalidad de las políticas y diversidad de mujeres

CEDAW: Arts. 1º, 2º, 3º, 5º, 7º, 10o, 11o, 12o, 13o, 14o

26. Las políticas públicas deben formularse desde la perspectiva de la universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos contemporáneos, sin perder de vista la diversidad de los sujetos de derechos (art. 1°).

27. Sin embargo, pese a la pluralidad de voces y vivencias de las mujeres de diversas regiones del país, las acciones y programas se muestran puntuales, desarticulados, discontinuos, fragmentados e inaccesibles para un contingente significativo de mujeres, especialmente aquellas que viven apartadas de los grandes centros urbanos. Las políticas aún no llegan a la diversidad de mujeres, sus especificidades y particularidades. Tampoco existe una política integrada y multidisciplinaria de atención a las mujeres que enfrente las desigualdades y produzca igualdad (arts. 1º, 2º, 3°).

28. Si bien los derechos humanos fundamentales están contemplados en el plano legal, no puede decirse lo mismo en relación a su ejercicio efectivo. Las políticas públicas diseñadas para su promoción y los programas y acciones establecidos por el gobierno no llegan por igual a todas las mujeres por cuanto no contemplan su diversidad ni sus especificidades y peculiaridades. Por lo tanto, no atienden las necesidades de los diferentes segmentos poblacionales: mujeres negras, indígenas y selváticas, jóvenes y ancianas, hetero u homosexuales, rurales y urbanas o con necesidades especiales (arts. 1º, 2º, 3º, 5º a).

29. La paradoja inherente a esta realidad radica en que, al no considerar las especificidades de los diferentes grupos de mujeres, los programas y acciones gubernamentales dejan de cumplir la finalidad que les señala la Constitución: la promoción de la igualdad mediante un acceso universal garantizado. En el caso del Brasil, país marcado por una profunda exclusión social, la promoción de la igualdad pasa por el reconocimiento de las diferencias de cada uno de estos segmentos y se fundamenta en la aplicación de programas específicos a los que se tenga un acceso equitativo garantizado (arts. 1º, 2º, 3º, 4º, 5º a).

30. Las políticas existentes se orientan a la atención de las necesidades prácticas de las mujeres, pero no transforman su posición en la sociedad, no procuran incorporarlas en las diversas instancias del poder ni las reconocen ni tratan como sujetos políticos autónomos y con posibilidades de ser autoras de transformación. Incluso las políticas destinadas principalmente a las mujeres o definidas metodológicamente como políticas sobre igualdad de géneros se enfrentan con prejuicios, resistencias y la dificultad que supone la asimilación de su lógica por parte de los gestores y agentes gubernamentales. Ejemplo de ello es la política de cupos que establece para las mujeres el 30% de las candidaturas a los cargos electivos del legislativo y que, por la fuerza de las prácticas políticas conservadoras, ha tenido resultados poco significativos (arts. 1º, 2º, 3º, 4º, 5º a, 7º).

31. La discriminación es visible en diferentes planos y aspectos de la vida pública. Está presente en la forma cómo los agentes de policía tratan a las mujeres víctimas de violencia, en las prácticas que reproducen la ideología patriarcal de profesores y educadores responsables de la formación de la niñez, adolescencia y juventud, en la transmisión de imágenes de desvalorización de la mujer por los medios de comunicación, especialmente en anuncios comerciales y letras de canciones, en la omisión o aplicación sexista de las leyes por parte de los operadores del derecho, en la preservación de mecanismos de exclusión de las mujeres por parte de los agentes gubernamentales y técnicos gestores que insisten en tratar a las mujeres de forma discriminatoria y excluyente impidiéndoles el acceso a nuevas tecnologías, conocimientos e inversiones. En resumen, no se observa que el Estado brasileño se preocupe de conscientizar y capacitar a su personal técnico en la aplicación competente de políticas orientadas a transformar las relaciones entre los géneros (arts. 1º, 2º, 3, 5º a, 7º).

32. Pese al aumento significativo del número de mujeres en la educación formal, que en algunos casos, como en el nivel secundario, sobrepasa al número de hombres, ello no ha tenido como repercusión directa el aumento de la profesionalización femenina ni la disminución de la discriminación laboral en perjuicio de las mujeres en lo que se refiere a las diferencias salariales y el acceso a cargos directivos. La educación, al regirse por parámetros patriarcales y sexistas, no ha logrado romper con los prejuicios, dejando de cumplir su papel de agente de transformación de los patrones culturales (arts. 1º, 2º, 3º, 5º a, 10º, 11°).

33. En el campo de la salud, el acceso de las mujeres a servicios de calidad es desigual en todas las etapas de sus vidas, especialmente durante el período prenatal, el parto y el puerperio, lo cual es evidencia de la discriminación contra las mujeres por razón de género, raza, generación y localización geográfica. Los datos recogidos por la Comisión Parlamentaria de Investigación de la Mortandad Materna en su informe de Agosto de 2001 y los contenidos en el Expediente sobre mortalidad materna producido en el año 2000 por la Rede Feminista de Saúde – Rede Nacional Feminista de Saúde, Direitos Sexuais e Direitos Reprodutivos indican que las mujeres no blancas están más expuestas a morir por causas maternas evitables en las regiones norte, noreste y centro-oeste del Brasil, en comparación con otras regiones del país (arts. 1°, 2° 3°, 5°a, 12º).

34. Para las mujeres rurales, el acceso a la planificación familiar es inexistente pues, mientras las mujeres de mejor condición económica se practican ligaduras, existen otras en situación de pobreza a quienes les está vedado el acceso a tales procedimientos. En regiones donde el hospital regional no pertenece al Estado, se pone al SUS (sistema único de salud) como pretexto para no realizar la ligadura. En opinión de las mujeres rurales, se debe tratar de garantizar atención hospitalaria de calidad y humana dirigida a la población en general y de manera específica a las mujeres, así como la implantación del SUS a todo nivel: prevención, protección, recuperación y tratamiento integral de la persona a través de la atención ginecológica, oftalmológica, odontológica, sicológica, etc. Asimismo, se debe garantizar una política especial de atención de las mujeres desde el nacimiento y en todas las etapas de su vida y capacitarse a los profesionales de la salud para actuar en el medio rural (arts. 1º, 2º, 12º, 14ºb).

35. Se ha constatado incluso que las mujeres negras con bajos niveles de escolaridad e ingresos que viven en lugares donde el acceso a bienes y servicios urbanos es precario duplican en número a las mujeres blancas en similares condiciones. Las directivas de la OMS sobre atención prenatal consistente en 06 consultas durante la gestación y una en el puerperio se cumplieron apenas en 61% y 31% de las negras, respectivamente, en comparación con 77% y 46% de las blancas. Además, los nacimientos en casa fueron de 7% en el caso de las negras, más del triple que en el caso de las blancas (arts. 1º, 2º, 3º, 5º a, 10º,12º).

36. Los aportes de recursos al área social siguen siendo deficientes en relación a las demandas. De acuerdo con el Instituto de Estudos Socioeconômicos –INESC—(Instituto de estudios socioeconómicos), en el período comprendido entre 1995 y 1998, los recursos previstos para la ejecución de políticas públicas en las áreas de medio ambiente, poblaciones indígenas, reforma agraria, asistencia social y asistencia a la infancia y la adolescencia se redujeron en 15% y el gasto total en tales programas registró una caída de 31%. En relación a las poblaciones indígenas, la reducción en el período fue de 24%; el presupuesto para programas destinados a la infancia se redujo en 8%; la agricultura dejó de recibir 58% y la protección medioambiental, 3,5%3. Estos datos demuestran que durante el período en cuestión no se dio prioridad a las políticas mencionadas (arts. 1º, 2º, 3º, 5º a).

37. Se observa igualmente una falta de diálogo intra e intergubernamental, lo que se traduce no en la suma, sino en la duplicación y repetición de esfuerzos. No hay preocupación por el establecimiento de mecanismos de evaluación de las políticas públicas, tales como indicadores técnico-científicos, que permitan supervisar y controlar la efectividad y calidad de las mismas. Se nota también que casi no existe diálogo entre el Estado y la sociedad civil en el caso específico de la formulación y ejecución de políticas que tienen a las mujeres como beneficiarias directas (arts. 1º, 2º, 3º, 5º a, 7º).

4.2 Restricciones sobre la ciudadanía de las mujeres

CEDAW: arts. 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 7º, 10°, 11°, 13°, 14, 16°, 24°

38. La ciudadanía plena comprende derechos políticos de participación, derechos civiles de autodeterminación, derechos sociales de aspiración a los servicios públicos, derechos económicos y derechos culturales. Por lo tanto, el ser ciudadano supone la titularidad de derechos en los diversos aspectos señalados. La exclusión y limitación en cualquiera de estas esferas debilita la ciudadanía (arts. 1º, 2º, 3°).

39. El ejercicio de la ciudadanía plena es un proceso en curso que demanda grandes esfuerzos, especialmente por parte de las mujeres, pese a los grandes avances que han hecho en las últimas décadas. En este período, pasaron a integrar el 50% de la población económicamente activa y el 50% del electorado y al destacar en las estadísticas sobre crecimiento del nivel de escolaridad. Sin embargo, según datos del Instituto de Pesquisa Econômica Aplicada - IPEA—(instituto de investigación económica aplicada)4, cerca de 21% de la población no dispone de ingresos para adquirir la cantidad de alimento necesario para su supervivencia y las familias encabezadas por hombres tienen 20% menos de posibilidades de ser pobres (arts. 1º, 2º, 3º, 13°)

40. Las políticas públicas aplicadas por el Estado brasileño no han logrado garantizar el acceso de las mujeres a los derechos humanos fundamentales, debido a su insuficiencia y enfoque deficiente y la total ausencia del Estado en algunos campos. La incuestionable disparidad entre hombres y mujeres en lo que se refiere al poder de decisión y el acceso a los bienes sociales y servicios públicos adquiere dimensiones aún más escandalosas cuando se incorpora la variable raza/etnia. Esta flagrante desigualdad se manifiesta tanto en el ámbito privado como en el público donde incluso las dificultades de acceso a la justicia constituyen una barrera al ejercicio de la ciudadanía. Ejemplo de ello es la indivisibilidad social de las personas que viven en unión homosexual. Sin el reconocimiento legal de su orientación sexual, luchan por la aprobación del proyecto de ley sobre el reconocimiento de la unión civil, que prevé derechos relativos a bienes y pensión alimenticia (arts. 1°, 2°, 7º, b).

41. La creciente participación de la mujer en el mercado de trabajo en las últimas cuatro décadas constituye un hecho notable que se mantiene continuo, pese a las crisis económicas de los años 80 y 90, el intenso proceso de reconfiguración de la estructura productiva y las transformaciones laborales. Sin embargo, la vida de las mujeres aún sigue marcada por el aislamiento social, lo que puede medirse por la dificultad que ellas enfrentan al intentar tramitar documentos básicos, como carné de trabajo, especialmente en el caso de las que viven en la periferia de los centros urbanos y en las zonas rurales (arts. 1°, 2°, 14°).

42. La gran mayoría de mujeres brasileñas desconoce sus derechos civiles, sigue viviendo con el temor que la antigua legislación propagó en lo referente al adulterio, anulación del matrimonio, pérdida de bienes, derechos de propiedad mancomunada y custodia de los hijos en caso de separación. Así, conviven por mucho tiempo en relaciones marcadas por la dominación masculina, a la sombra de valores como la importancia del matrimonio como garantía de su subsistencia social (arts. 5º a b, 24°).

43. El distanciamiento de las mujeres de las decisiones políticas se vincula a su vivencia cotidiana. El patrón cultural aún vigente en el Brasil naturaliza su permanencia en papeles tradicionales, como el trabajo doméstico, cuidado de la familia y solidaridad social. Su ingreso masivo en el mercado de trabajo no las liberó de tales responsabilidades. La insuficiencia de programas y acciones gubernamentales, reforzada por el modelo neoliberal, retiene a las mujeres en una posición de desventaja en la esfera pública, limitando su promoción social con igualdad de derechos e impidiendo que rompan con situaciones de violencia y opresión (art. 5º, a, b, 7°, 11°-2c).

44. La inexistencia de programas orientados a transformar los patrones culturales de la vida familiar se antepone a la necesidad de transformar la vida cotidiana. Las políticas públicas no incentivan la división del trabajo, la distribución de responsabilidades económicas y afectivas respecto al cuidado de los hijos, la construcción de nuevos modelos basados en la responsabilidad solidaria entre los sexos y la lucha contra la violencia doméstica (arts. 1°, 2°, 5º b, 16°-1d).

45. En la mayor parte de los hogares brasileños, las mujeres asumen íntegramente el trabajo doméstico, cumpliendo hasta dos y tres jornadas sin que el Estado establezca política social alguna que las ampare y promueva cambios (arts. 5º a, 11°-2c).

46. La contribución de las mujeres al trabajo doméstico y, en gran medida, su contribución no remunerada a la producción familiar en las áreas rurales permanecen invisibles en las estadísticas y la contabilidad nacional. Los instrumentos gubernamentales de acopio de datos no registran el tiempo dedicado a los quehaceres domésticos y al trabajo reproductivo, lo que dificulta la medición de su valor y su incorporación en el PBI (Producto Bruto Interno). La total desestimación del trabajo doméstico y reproductivo, desempeñado hasta ahora sólo por mujeres, refuerza las desigualdades sociales, económicas y culturales entre mujeres y hombres, reafirmando la actitud discriminatoria del Estado para con las mujeres (arts. 1°, 2°, 3°, 5° a, 14°).

47. En lo que se refiere al trabajo doméstico remunerado la situación es mucho más desventajosa para las mujeres. Según la PNAD/IBGE 2001, la mano de obra femenina en esta categoría de trabajadores corresponde a 93%, en un total de más de 5 millones de brasileñas. Es la profesión de mayor concentración de mujeres en el Brasil. Mientras tanto, los salarios masculinos, en esta área, son más elevados5, así como también es mayor el número de hombres trabajadores domésticos que tienen tarjeta laboral firmada: son 42,4% para 25% de mujeres en la misma situación. La legislación trabajista brasileña las marginaliza con relación a las demás ocupaciones, permitiendo jornadas de trabajo de hasta 16 horas diarias, en condiciones insalubres y peligrosas, mezclando algunos elementos del trabajo asalariado con un cierto régimen servil, además de que no existen fiscalización y medidas gubernamentales que cohíban el desrespeto a la norma constitucional (art. 7º párrafo único). Es uno de los sub-sectores económicos de peor remuneración, considerada una ocupación subalterna es estigmatizada y desvalorizada en la sociedad, concentrando una fuerte presencia de emigrantes rurales, niñas de 10 a 16 años, negras, indígenas y mestizas y sin escolaridad, en situaciones de extrema vulnerabilidad social. (Arts. 1º, 2º, 11°).

48. Las legislaciones y programas en el área de asistencia social, propugnados por los documentos internacionales que procuran acortar las distancias entre los géneros, todavía constituyen excepciones locales y regionales. La exclusión económica ha golpeado históricamente sobre todo a las mujeres. De acuerdo con el IPEA6, en 1995, la proporción total de personas en situación de extrema pobreza era de 27%, vale decir, 41,8 millones de personas, de las cuales, 33% estaba constituido por mujeres, 43% por analfabetos, 53% por indígenas, 38% por negros, 34% por habitantes de las áreas rurales, 44% vivía en la región norte y 43% en la región noreste (arts. 3º, 4º).

49. El nivel educativo figura en todo el mundo como un componente importante de la diferencia salarial entre los trabajadores. La distribución de la educación afecta la distribución de la riqueza, lo que por consiguiente incide en la distribución del poder político. De no existir discriminación contra las mujeres, no existiría ese círculo vicioso, ya que la escolaridad promedio de las mujeres brasileñas que componen la PEA (Población Económicamente Activa) ha superado a la de los hombres en las últimas décadas (arts. 1°, 2°, 11°-1d).

50. Cabe sin embargo resaltar que el incremento de los niveles de escolaridad de las mujeres brasileñas continúa presentando indicadores que permiten inferir que la discriminación por razón de raza y género persiste ya que la proporción de mujeres no alfabetizadas sigue siendo superior a la de los hombres; además, las mujeres negras y trabajadoras rurales presentan un índice de analfabetismo tres veces mayor que el de las blancas7, La formación escolar y profesional de las mujeres se ha incrementado significativamente a costa de su vida personal y a cambio de una recarga de trabajo, sin que por ello hayan podido tener acceso a los puestos de decisión que siguen concentrados en los hombres. Es posible encontrar en los sectores de comercio e industria del Brasil trabajadoras que han completado la secundaria o cursan estudios superiores, pero que están clasificadas en el nivel más bajo de la escala de calificación profesional y salarial (arts. 1°, 2°, 7°, 10°,d,e,f, 11o- 1 b).

51. Todavía prevalecen en el Brasil los salarios diferenciados en función del sexo, puesto que las mujeres reciben en promedio el equivalente a 64% de la remuneración de los hombres, lo que compromete el papel de éstas como proveedoras de su familia y las perjudica en el ejercicio de su autonomía económica 8, (art. 11º d).

52. El mercado de trabajo ha perpetuado y puesto de manifiesto las desigualdades entre los trabajadores. Los datos revelan una fuerte segmentación ocupacional, en la que los hombres se concentran en los puestos de trabajo de los sectores mejor remunerados – las ocupaciones de los sectores industriales y productivos --, mientras que las mujeres desempeñan actividades relacionadas a los servicios personales y sociales, cuyo nivel de remuneración es menor 9(art. 11º --1 a,b,c,d,e).

53. De acuerdo con información presentada por el Departamento Intersindical de Estudos Econômicos e Sociais – Dieese (departamento intersindical de estudios económicos y sociales)10, el empleo doméstico concentra a 17% de las mujeres y sólo a 1% de los hombres, mientras que en el sector industria, con mayor garantía de derechos laborales y sociales, las mujeres constituyen 9% y los hombres, 27% de la fuerza de trabajo. Esta posición en la producción, generalmente vinculada al sector de servicios, demuestra que la inserción femenina en la economía persiste tradicionalmente en sectores no dinámicos, lo que hace que las mujeres perciban remuneraciones inferiores a las de los hombres (arts. 11 – 1c,e, 11°-2).

54. Las diferencias de remuneración entre las áreas rurales y urbanas, regionales e intrarregionales, así como las diferencias raciales y étnicas en el acceso a la educación también contribuyen a preservar las desigualdades. Ya sea en los puestos de trabajo de la economía formal, en el trabajo informal o en la economía reproductiva, las mujeres se ven forzadas a ocupar posiciones devaluadas y desprestigiadas, lo que las hace más vulnerables y pobres. Este cuadro es particularmente conmovedor en el caso de las mujeres negras quienes, según el índice de desarrollo humano (IDH), ocupan la base de la pirámide social al recibir las remuneraciones más bajas (arts. 1°, 2°, 3°, 5° a, 10° a, 11o – 1).

55. Es paradójico que el aumento de las mujeres en el mercado laboral no traiga consigo una superación real de la discriminación. El sector informal es el área donde más se concentra el trabajo de las mujeres quienes laboran sin garantías laborales ni beneficios sociales, teniéndose que 51% de las brasileñas que integran la PEA carecen de un ingreso mensual regular11. La falta de atención del Estado con respecto a la protección de las trabajadoras se hace extensiva a aquellas que realizan trabajos a tiempo parcial, temporales, por temporadas y labores no remuneradas como quehaceres domésticos, cuidado de familiares y trabajo no remunerado en propiedades o negocios familiares. Por lo menos se reconoce algunas de estas actividades, como el caso de las parteras y agentes de salud (arts. 10°, 11o – 1,2).

56. Aun cuando perciban remuneraciones inferiores, las mujeres registran las mayores tasas de desempleo y están sujetas a condiciones laborales precarias; además presentan índices inferiores de registro formal laboral y de contribución a la seguridad social, así como niveles menores de sindicalización que hacen que tengan menos poder en la lucha por sus derechos. A ello se suma la discriminación en lo que respecta a la contratación, la diferencia salarial por el ejercicio de las mismas funciones, la ocupación de cargos gerenciales y el derecho a la lactancia (arts. 7°, 11o – 1 c,d,e,f, 11°-2).

57. Tanto el poder público como el sector empresarial privado han pasado por alto reivindicaciones de larga data de los movimientos de mujeres, tales como la instalación y el mantenimiento de infraestructura social destinada al cuidado de los hijos, como cunas y centros de educación preescolar. La transferencia de la educación básica a las municipalidades no generó recursos suficientes para centros de educación inicial, por lo tanto, se ha producido una escasez de unidades de atención que ha dejado a las familias, especialmente a las más pobres y a los hogares monoparentales, en situación de total desamparo. Los datos del IPEA demuestran que el acceso al escaso número de servicios ofrecidos no se concentra en el sector de los más pobres, sino que beneficia principalmente a gente con nivel de ingresos intermedio12. En consecuencia, las mujeres, especialmente las pobres, continúan asumiendo solas la responsabilidad que tiene el Estado de proveer asistencia a la infancia (arts. 2° f, 10°, 11º – 2 c).

58. Las mujeres brasileñas tienen una participación notable en la vida comunitaria, encontrándose representadas en diversos tipos de entidades, agrupaciones de mujeres y asociaciones comunitarias, distritales, religiosas, profesionales y sindicales. Ellas intervienen en número significativo en los diversos consejos populares, consejos de protección de derechos, como los de gestión de educación, salud y asistencia social y en los presupuestos de participación, sin embargo su actuación no les garantiza poder de decisión (art. 5º a).

59. El predominio del modelo patriarcal influye decisivamente en la autoconfianza de las mujeres, tornando difícil el establecimiento de una agenda en pro de la igualdad en estos espacios de democracia participativa. Al permanecer subordinadas al accionar de los hombres, circunscritas a la preservación de la estructura de poder y al margen de la posibilidad de ejercer influencia sustancial en la negociación de pautas y procesos de discusión, las agendas de las mujeres continúan relegadas a un segundo plano (art. 5° a).

60. Pese a estos obstáculos, se está produciendo un aumento de la participación femenina en la vida pública, en espacios formales de representación como el Legislativo, Ejecutivo y Judicial, pero siempre en papeles secundarios. En lo que respecta al Poder Legislativo, se ha incrementado el número de mujeres electas a la cámara de diputados y el senado federal. Aun así, actualmente (Abril de 2003), la participación de las mujeres es de 11,11% en el senado y de 8,77% en la cámara de diputados. La adopción de la política de cupos, al no haber garantizado un respaldo efectivo de las candidaturas femeninas, ha demostrado ser un mecanismo frágil aún no reconocido por la sociedad como un instrumento destinado a la transformación de patrones culturales. Los fondos partidarios no asignan recursos para apoyar las candidaturas femeninas. No se cumplen los cupos establecidos y las candidaturas presentadas en las últimas elecciones (2002) no alcanzaron en ningún caso el número necesario de mujeres que se exige para cada partido (arts. 4°, 7º a,b).

61. Con el nuevo gobierno, el número de mujeres ministras o con rango similar en el Ejecutivo registró un aumento, aunque con concentración en las áreas sociales, no existiendo influencia directa de las mujeres en las áreas económica y de planificación. Actualmente existen cinco ministras en un total de 30 ministerios o secretarías especiales con rango ministerial (16,67%). Con relación a la participación de las mujeres en jefaturas y asesoramiento de alto nivel en el Ejecutivo, aunque ocupen 43,4% del total de dichos cargos y funciones, su participación en los cargos más altos es mucho menor, representando 22,2% de los DAS-5 y 18,2% de los DAS-613. Lo mismo ocurre con los niveles más altos del escalafón del Poder Judicial, pese a que existe una legislación por la que se dispone que en todos los organismos, secretarías y reparticiones del gobierno debe haber mayor participación de mujeres, personas de origen africano y portadores de deficiencias. La restringida participación femenina en puestos de decisión dentro del gobierno demuestra una vez más la actitud discriminatoria del Estado para con las mujeres (arts. 1°, 2° d,e, 7º b).

62. La Secretaria Nacional dos Direitos da Mulher – SEDIM (secretaría nacional de los derechos de la mujer), creada en el año 2002, tuvo grandes limitaciones en términos de atribuciones, recursos financieros y humanos al finalizar el mandato del Presidente de la República Fernando Henrique Cardoso. La actual reconfiguración de esta entidad, que pasó a tener rango ministerial, implicó que se le cambiara de nombre por el de Secretaria Especial de Políticas para as Mulheres (secretaría especial de políticas a favor de la mujer), y se ampliaran sus planteles técnicos y presupuesto, lo que deberá potenciar las políticas públicas destinadas a articular el accionar de los diversos ministerios y órganos públicos (art. 7°)

63. La posibilidad de que el Conselho Nacional dos Direitos da Mulher - CNDM (consejo nacional de los derechos de la mujer) sea integrado por un gran número de representantes del movimiento feminista también apunta hacia el fortalecimiento de tales mecanismos. En vista de que a la fecha de elaboración del presente informe las mencionadas instancias se encuentran aún en fase de instalación y reestructuración, existe la expectativa de que esa posibilidad se concretice (art. 7°).

64. Es importante destacar que la creación de la Secretaria Especial de Promoção da Igualdade Racial (secretaría especial de promoción de la igualdad racial) con rango ministerial ofrecerá mayores posibilidades de acción concreta para el acceso de las mujeres negras al ejercicio de la ciudadanía, contribuyendo con ello a combatir prejuicios, racismo y discriminación (art. 7°).

65. Para romper con las barreras que se oponen a la consolidación de la ciudadanía de las mujeres, el Estado brasileño precisa formular, aplicar, vigilar, evaluar y fiscalizar políticas públicas que garanticen igualdad de oportunidades y trato para todas las mujeres, promoviendo su emancipación y eliminando los obstáculos que impiden su acceso al poder de decidir con autonomía en los ámbitos social, económico y cultural (arts. 1°, 2°, 3°, 4°, 5°a).

4.3 La violencia y sus diversas caras

CEDAW: Arts. 1º, 2º, 5º, 6º , 11°, 12°, 14°, 15°, 16°.

66. Si el prejuicio misógino es un rasgo cultural característico de la sociedad brasileña, la discriminación y la violencia no pueden dejar de manifestarse en la vida cotidiana de las mujeres. Ejemplo de ello lo constituye la violencia perpetrada contra los diferentes segmentos de mujeres brasileñas: negras, indígenas, blancas, ancianas, niñas, jóvenes, lesbianas, rurales, selváticas y reclusas. Estas formas de violencia revelan la existencia de mecanismos que legitiman la subordinación de las mujeres a los hombres, la misma que tiene en el uso del poder y la fuerza su principal característica de acción y en la desatención y naturalización por parte del Estado y los poderes públicos en general su componente de omisión (arts. 1º, 2º, 5º).

67. La encuesta realizada por la Fundação Perseu Abramo14 denominada “A Mulher Brasileira nos Espaços Público e Privado” (la mujer brasileña en los espacios público y privado) sobre una muestra de 2 500 mujeres de todas las regiones del país reveló que una de cada cinco brasileñas (19%) declara espontáneamente haber sufrido algún tipo de violencia cometida por alguien de sexo masculino. Cuando se las animó a responder mediante la mención de diferentes formas de perpetración de violencia, el índice alcanzó 43%, lo cual demuestra que las relaciones violentas son parte de la vida cotidiana de las mujeres, no siendo raro que las callen. De acuerdo con esta encuesta, más de 50% de las víctimas no pide ayuda y las formas de violencia más denunciadas son las amenazas a la integridad física con armas (61%), siendo las relaciones sexuales forzadas las que menos se denuncian (33%) (arts. 1º, 2º, 5º, 15º, 16º).

68. Los programas gubernamentales destinados a prevenir, sancionar y erradicar las manifestaciones de violación de los derechos humanos de las mujeres se han convertido en frágiles mecanismos debido a su insuficiencia, descalificación, desarticulación, fragmentación y discontinuidad, cumpliendo pues un tímido papel en comparación con las políticas aplicadas por el Estado en otras áreas. Teniendo como marco la instalación de las Delegacias Especializadas de Atendimento à Mulher –DEAM (delegaciones especializadas de atención a la mujer) a partir de la década de los 80, tales medidas se encuentran con agentes públicos mal preparados en lo concerniente a la detección y tratamiento jurídico-legal, médico y social del problema, lo que duplica la violencia por razón de género en la vida de las mujeres brasileñas (arts. 1º, 2º, 5º, 15o, 16o).

69. Las 339 DEAMs15 existentes no alcanzan a cubrir ni 10% de los municipios brasileños, estando concentradas en las capitales y grandes ciudades de las regiones sureste y sur16. Además de escasas, gozan de poco prestigio dentro del sistema policial pues se encuentran mal preparadas y equipadas para prestar atención. Muchas de ellas no cuentan con armas de fuego, teléfonos o vehículos. Los 59 albergues con que cuenta el país para acoger a las víctimas que corren riesgo de muerte y sus hijos 17 están muy lejos de ser suficientes para cubrir las necesidades registradas por las DEAM. Su número guarda relación con la mínima prioridad que los poderes públicos dan al fenómeno de la violencia por razón de género y los dificultosos trámites burocráticos para la aprobación de los proyectos de financiamiento y cobertura de gastos de los albergues (arts. 1º, 2º , 5º, 15o, 16o).

70. La adopción de protocolos y normas técnicas18, como parte del esfuerzo del gobierno federal para enfrentar el problema aún no se ha reflejado en la elaboración de los planes de gobierno de estados y municipios y tampoco ha provocado modificación alguna en el panorama de relaciones sociales. Tales esfuerzos, pese a su insuficiencia, se han traducido en un aporte de recursos públicos, el que sin embargo no ha conllevado a ninguna modificación de los índices y la gravedad de las denuncias, banalizadas por su presencia diaria en los noticiarios brasileños. (arts. 1º, 2º , 5º, 15o, 16o).

71. No existe en el Brasil una ley específica que sancione la violencia contra la mujer. No obstante, la ley 9.099/95 cuyo objeto fue el de agilizar el acceso de las víctimas a la justicia estableció nuevos procedimientos, especialmente en el área penal, para “delitos de menor potencial ofensivo”. A partir de su promulgación, gran parte de las agresiones practicadas contra mujeres en el ámbito doméstico y referidas a las DEAM pasaron al juzgado especializado en lo penal (Jecrim por su abreviatura en portugués). El hecho de que esta ley no se haya promulgado específicamente para combatir la violencia contra las mujeres presenta muchos problemas, especialmente en cuanto a la sanción adecuada de la violencia doméstica. La ley no prevé la reclusión del agresor, sino sanciones alternativas para reformarlo. La existencia de graves distorsiones en su aplicación ha limitado tales sanciones al pago de multas y canastas básicas, las que, al estar desvinculadas del problema, sólo contribuyen a banalizar la violencia por razón de género. Además, los juzgados especializados en lo penal son reducidos en número y en su gran mayoría no cuentan con un equipo multidisciplinario de apoyo, funcionan en horarios restringidos y no atienden adecuadamente la demanda por actos de violencia sufridos en el ámbito doméstico y familiar (arts. 1º, 2º, 5º, 15o, 16o).

72. Es igualmente necesario destacar la falta de preparación del personal encargado de tomar decisiones en todos los niveles de la problemática de género y derechos humanos: agentes públicos encargados(as) de las políticas de prevención, sanción y eliminación de la violencia contra la mujer, entre los que se incluye personal del poder judicial como jueces, juezas, defensores(as), fiscales, conciliadores(as); policías civiles y militares, agentes penitenciarios, personal médico y de salud, así como asistentes(as) sociales (arts. 1º, 2º , 5º, 15o, 16o).

73. Con respecto a la violencia sexual, tampoco existen mecanismos e instrumentos suficientes que la prevengan y contrarresten e infraestructura adecuada de apoyo a las víctimas. Pese a que la norma técnica del Ministerio de Salud para la prevención y tratamiento de agravios resultantes de la violencia sexual contra mujeres y adolescentes (1998) garantiza el aborto legal en caso de embarazo resultante de violación, no llegan ni a 46 los servicios establecidos en las capitales y grandes ciudades brasileñas. Incluso donde existen estos servicios, no hay una divulgación de los mismos, no se realizan campañas educativas para que las mujeres recurran a ellos y los agentes públicos orienten a las víctimas ni se brinda apoyo necesario a los profesionales involucrados (arts. 1º, 2º, 5º, 6º, 15o, 16o).

74. Cabe resaltar, asimismo, la ocurrencia de esta violencia en segmentos específicos, como el de las mujeres indígenas, quienes son objeto de violencia sexual dentro de las zonas militarizadas limítrofes de la Amazonía brasileña donde impera la impunidad (arts. 1º, 2º, 5º, 6º, 14o, 15o, 16o).

75. El acoso sexual y moral en el centro de trabajo revela otra cara perversa de la violencia en las relaciones entre géneros y las de poder, sin que haya una respuesta institucional y social efectiva para su sanción y prevención. El acoso moral, entendido generalmente como la humillación repetitiva y de larga duración, interfiere en la vida de las trabajadoras brasileñas, comprometiendo su identidad, dignidad, relaciones afectivas y sociales, ocasionando daños tan graves a su salud física que pueden inhabilitarlas laboralmente, dejarlas sin empleo o incluso traerles la muerte. Lo mismo ocurre con el acoso sexual, cuya existencia es difícil de comprobar pese a haberse calificado como delito en la legislación del país (arts. 1º, 2º, 5º, 6º, 11o, 14o, 15o, 16o).

76. El tráfico de mujeres y niñas con fines de explotación sexual comercial, y la explotación sexual de niñas en todas las regiones es hoy en día un fenómeno en expansión. Una investigación del CECRIA19 reveló, en 2001 y 2002, la existencia de aproximadamente 241 rutas de tráfico para la explotación sexual dentro del Brasil y hacia otros países y continentes. Este problema afecta especialmente a las mujeres de las regiones norte y noreste del país, donde los índices de pobreza son más elevados, incluidas las niñas indígenas y negras, brutalmente utilizadas en este comercio y transformadas en “mercadería exótica y erotizante” (arts. 1º, 2º, 5º, 6º, 11o, 14o, 15o, 16o).

77. La situación de las reclusas del sistema carcelario –a pesar de representar una minoría en esta población (4,6%)20-- combina dos formas de violación: a) la institucional que es una constante de las cárceles brasileñas, vale decir, superpoblación, maltratos y falta de trabajo, tratamiento para la reinserción en la sociedad y asistencia médica, así como carencia de asistencia jurídica que impide el avance de la pena y b) la de género, que niega la sexualidad y los derechos reproductivos de las reclusas. Muchas cárceles no garantizan a las reclusas las visitas íntimas de sus cónyugues, compañeros o compañeras sexuales, y pocas les proporcionan medios para que desarrollen su embarazo en un local adecuado y conserven a sus hijos pequeños en una guardaría del propio centro de reclusión hasta que éstos alcancen la edad escolar (arts. 1º, 2º).

78. La ausencia del Estado brasileño como promotor de los derechos y la calidad de vida de las mujeres ha contribuido para que ellas integren redes de crimen organizado de tráfico de estupefacientes y armas que crecen diariamente en los grandes centros urbanos. Como madres y compañeras de quienes participan, ellas pasan a formar parte de las redes para obtener ingresos inmediatos y garantizar su supervivencia. Son piezas de un juego al cual entran por la falta de opción de trabajo e ingresos. Ahí se vuelven víctimas de la violencia sexual, en todas las edades, despreciadas y sometidas a abuso en los enfrentamientos entre bandas, en la explotación sexual, en el tráfico de menores, en la prostitución (especialmente arts. 1º, 2º, 6º).

79. De forma general, no existen en el país redes de servicios interinstitucionales que actúen de forma articulada, garantizando atención integral, multidisciplinaria e intersectorial a las mujeres víctimas-sobreviventes de la violencia. Al margen del tipo de violencia perpetrado, se alcanzará una buena atención sólo cuando se conformen redes de servicios de atención a las víctimas de violencia, con funcionarios/as calificados/as y con sensibilidad para tratarlas (especialmente arts. 5º, 12º).

80. La discriminación y violencia practicadas contra las mujeres brasileñas, en sus diversas formas, por acción y omisión de agentes e instituciones de los sectores público y privado, y la impunidad frente a las violaciones de sus derechos humanos, configuran un cuadro perverso y generalizado de violencia institucional en el país, el cual se perpetúa por la negligencia, complicidad y tolerancia del Estado en relación a las desigualdades de género (especialmente arts. 1º, 2º)

4.4 Salud: universalidad, integralidad y equidad

CEDAW: Arts. 12o, 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 10o, 11o, 13o, 14o, 15o, 16o.

81. La reforma sanitaria consolidó el principio de la universalidad en el acceso a la salud, consagrado en la Constitución Federal de 1988 (art. 196). A pesar de esa conquista en el plano legal, el financiamento necesario para la implantación del Sistema Unico de Salud (SUS) está siendo perjudicado por el modelo económico neoliberal adoptado por el gobierno brasileño. Los recursos económicos para salud han sido desviados y el gasto per cápita está entre los menores del mundo. La situación de la atención está lejos de suplir las necesidades de la población, especialmente de las mujeres. Es necesario asegurar el cumplimiento de los principios del SUS: universalidad, equidad, integralidad y control social (art. 12o).

82. El funcionamiento de la asistencia en sus tres niveles presenta problemas graves por la precariedad de la capacidad instalada que no cubre las proporciones recomendadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS). Centros mal equipados, carentes de profesionales calificados, principalmente en las áreas rurales y suburbanas de las grandes ciudades, no suplen la demanda. Esto se comprueba por las inmensas filas que se forman para sacar cita, la demora para conseguir atención, horarios que no se adecuan a las necesidades de las(los) usuarias(os), así como falta de rapidez y cuidado en la atención (arts. 12o, 10º h, 14o-2 b).

83. A pesar de que las mujeres son las principales usuarias de los servicios de la red básica de salud, los programas no atienden sus necesidades específicas determinadas por la edad, opción sexual, los múltiples papeles y responsabilidades que desempeñan, su disponibilidad de tiempo, las necesidades especiales de mujeres negras, indígenas, pobladoras de áreas rurales, selváticas, portadoras de deficiencias, así como las necesidades determinadas por la diversidad socioeconómica y cultural. El Programa de Assistência Integral à Saúde da Mulher –PAISM-- (Programa de Asistencia Integral a la Salud de la Mujer), creado en 1983 y adoptado como directiva nacional desde 1985, no funciona de manera satisfactoria en ningún estado de la Federación debido a la insensibilidad y negligencia de los sucesivos gobiernos que no garantizaron la obligatoriedad de su implementación en el ámbito de estados y municipios (arts. 12º, 1º, 2º, 3º, 14o-2 b).

84. La atención a la mujer a través del SUS se ha limitado casi exclusivamente al período prenatal-puerperal y aún así de forma deficiente. La prevención, la detección y el tratamiento de enfermedades de transmisión sexual, repercusiones biológicas y sicosociales del embarazo no deseado, el aborto, el acceso al control de la fertilidad, la asistencia al climaterio y a la violencia sexual y doméstica han sido relegados a un segundo plano. (arts. 12º, 1º, 2º).

85. La mortalidad materna es un serio problema de salud que afecta de forma desigual a las etnias y regiones brasileñas. Las tasas más altas se concentran en el norte, seguido por el centro-oeste, noreste, sur y sureste. La frecuente subnotificación de las muertes permite concluir que la mortalidad materna alcanza proporciones devastadoras en las áreas menos asistidas. El coeficiente de muerte materna indica la desigualdad social y la ausencia de equidad en la asistencia prenatal, el parto y el puerperio21. La implantación de Comités de estudio y prevención de la mortalidad materna ha sido un proceso lento. La mayoría de los referidos comités no ha conseguido investigar con rigor y rapidez las causas de muerte. No basta con crear comités, sino que es necesario dotarlos de estructura material y recursos humanos acordes con la función que necesitan desempeñar (arts. 12º, 14o-2 b).

86. A pesar de que el Ministerio de Salud (MS) afirma que 91,5% de los nacimentos ocurre en hospitales, las brasileñas todavía mueren por causas evitables, por la baja calidad de la asistencia ofrecida durante el período prenatal o por eventos durante el parto. El 66% de las muertes se atribuye a causas obstétricas directas, entre las que destacan los síndromes hipertensivos, hemorragias, infecciones durante el puerperio y complicaciones del aborto (art. 12º).

87. La proporción de nacidos vivos por número de consultas prenatales en 1998 muestra que las 6 consultas recomendadas fueron hechas en 62% y 61,2% de los casos en el norte y noreste y 46,1% y 43,7% en el sur y sureste. Esto muestra la ausencia de cuidados simples en el embarazo, como el control de la presión arterial, la detección de enfermedades como la hipertensión específica del embarazo (preeclampsia y eclampsia), diabetes e infecciones. La precariedad de la atención dificulta también la detección y el tratamiento del VIH/Sida, aumentando los riesgos de transmisión vertical (art. 12º).

88. El norte cuenta con pocos médicos y unidades de salud, además de ser una región con grandes distancias y medios de transporte y comunicación precarios. Tres hospitales flotantes ofrecen atención itinerante a 355 áreas aisladas de la Amazonía como parte del programa de atención ambulatoria de emergencia y hospitalaria. Según el Ministerio de Marina, en el año 2001 se atendieron tres partos y se realizaron 314 ecografías, todas en una misma localidad, y sólo una consulta ginecológica. Eso demuestra que en relación a la asistencia a las poblaciones ribereñas la oferta también es menor que la demanda (arts. 12º, 14º - 2 b).

89. En ese contexto de carencia de servicios públicos esenciales se destacan las parteras, personajes que suplen una parte significativa de la demanda, asistiendo a las gestantes en sus hogares. Su trabajo es respetado y valorizado, y en muchos casos son la única referencia de atención. Tal reconocimiento no es avalado por los gestores locales, que no reglamentan la actividad. La mayoría de las parteras no recibe la remuneración prevista en la tarifa del SUS para parto en casa, trabaja al margen de la red de salud pública y no tiene acceso al “equipo de la partera” distribuido por el MS (art. 12º).

90. La planificación familiar está garantizada por la Constitución Federal (art. 226, párrafo§ 7º) y la Ley 9.263/96 que reglamenta su aplicación a través de acciones preventivas y educativas que garanticen el acceso igualitario a la información, medios, métodos y técnicas disponibles para regular la fecundidad. La existencia de la ley no asegura la oferta de los métodos en los municipios ya que el MS viene distribuyendo métodos anticonceptivos en cantidad para atender sólo a 30% de la supuesta demanda. Los principales problemas de la asistencia a la planificación familiar son la dificultad financiera de los municipios para adquirir métodos anticonceptivos y el número insuficiente de médicos capacitados para trabajar con algunos de ellos, como el dispositivo Intrauterino (DIU) (arts. 12º, 10o h).

91. En la oferta de esterilización por ligadura de trompas, se observa que el Estado viola el artículo 12º de la CEDAW, como comprueba la Ley de Planificación Familiar. Esa ley restringe el ejercicio pleno de los derechos sexuales y reproductivos, condicionando la esterilización a la anuencia del cónyugue, la fijación de la edad mínima de 25 años y la existencia de hijos vivos. Además, los programas de planificación familiar se dirigen sólo a las mujeres y faltan proyectos para la promoción de la paternidad consciente y actuante, haciendo de la anticoncepción una responsabilidad exclusivamente femenina. Esta perspectiva minimiza el papel y la responsabilidad de los hombres en relación a la salud sexual y reproductiva (arts. 12º, 5º b, 16o-1 d).

92. La práctica del aborto está penalizada, excepto cuando hay riesgo para la vida de la gestante o en embarazo resultante de violación, casos para los cuales se ofrecen los servicios de la red de salud pública. Sin embargo, en la actualidad sólo 46 servicios en todo el país realizan este procedimiento, que aún encuentra mucha resistencia por parte de los equipos profesionales (arts. 12º, 1º, 2º).

93. La penalización del aborto obliga a las brasileñas a recurrir a servicios clandestinos, lo que trae secuelas para su salud o les provoca la muerte. Se estima que anualmente cerca de un millón de mujeres recurran al aborto, que representa la cuarta causa de mortalidad materna en el país y la quinta causa de hospitalizaciones en la red pública de salud, con 250 mil casos de complicaciones. El número de adolescentes en la faja etaria de 15 a 19 años atendidas entre 1993 y 1998 para raspados postaborto y tratamiento fue superior a 50 000 (arts. 12º, 1º, 2º).

94. El Expediente de la Red Feminista de Salud sobre el Aborto Inseguro (1998) denuncia violaciones en los hospitales y centros de emergencia que atienden a mujeres en abortos y raspados. Son comunes los relatos de raspados sin anestesia, trato prejuicioso y negligente, maltratos en los casos de abortos provocados, falta de orientación adecuada, exámenes ginecológicos hechos sin cuidado o privacidad, abuso sexual por parte de los profesionales y discriminación en los casos de violencia sexual (arts. 12º, 1º, 2º, 5º).

95. La despenalización del aborto encuentra gran resistencia en sectores conservadores de la sociedad relacionados a las diversas iglesias. El movimiento feminista ha procurado revisar la legislación referente al aborto al reafirmar que éste constituye un problema de salud y una cuestión de derechos humanos (arts. 12º, 2º b,f,g, 5º a).

96. El patrón de transmisión del Sida está cambiando, siendo cada vez mayor el número de casos por transmisión heterosexual entre jovenes y mujeres. Según el MS, en los últimos diez años, el número de mujeres con Sida se ha incrementado en 185 veces y la mitad de ellas se ha infectado a través de relaciones estables. A pesar de que el número de casos en el sexo masculino es mayor, se está acelerando la tendencia de crecimento en las mujeres. De los 170 073 casos notificados entre 1980 y 1999, 41 052 ocurrierom en mujeres. Esto implica la creciente cantidad de niños afectados (arts. 12°, 10º h).

97. La feminización de la epidemia afecta especialmente a las mujeres de los grupos sociales más vulnerables. El nivel de escolaridad de las mujeres infectadas ha venido disminuyendo a lo largo de los años. Tomando la escolaridad como indicador de la situación socioeconómica, se percibe que el empobrecimiento creciente acompaña el cambio del perfil de transmisión. A pesar de afectar a todos los grupos poblacionales, a ejemplo de la historia mundial de las demás ETS, quienes pagan el mayor tributo de la infección VIH/Sida son los grupos vulnerables. En el caso de las mujeres negras e indígenas, las condiciones socioeconómicas desfavorables y las desventajas sicológicas generadas por la discriminación y el racismo a los que están expuestas, con seguridad contribuyen grandemente a agravar la situación (arts. 12º, 1º, 2º, 10º).

98. Según datos proporcionados por el INCA22, el cáncer de cuello uterino constituye la segunda causa de muerte por cáncer entre las mujeres en el Brasil, habiendo cobrado 3 869 víctimas en 1999. La primera causa de muerte por cáncer es la de mama que en 1998 ocasionó 8,044 muertes. El propio INCA revela que en 1998, 5,7 millones de mujeres en la faja etaria de 35 a 49 años jamás se había sometido a un examen de Papanicolau. La organización de campañas nacionales para la realización del examen tuvo por propósito resolver la situación, sin embargo, no se promovió la estructuración del servicio y los laboratorios para atender la demanda generada y no se instituyó la prevención como rutina, ni se garantizó tratamiento de los casos diagnosticados (art. 12o).

99. Las adolescentes y jóvenes experimentan dificultades en el acceso a la información, servicios y materiales para el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos. Tal situación se revela, entre otros procesos, en los índices de contaminación por el VIH/SIDA y el embarazo precoz (arts. 12º, 1º, 2º, 5º a).

100. A pesar de la escasez de datos referentes a la salud reproductiva, algunos estudios muestran que el número de partos de adolescentes está presentando una tendencia ascendente desde 1993. Según el DATASUS23, de los partos realizados en el ámbito del SUS durante 1997, 24% correspondió a adolescentes. Los datos también señalan una relación inversa entre escolaridad e incidencia de embarazo (arts. 12º, 1º, 2º, 5º a, 10° h).

101. No hay políticas públicas orientadas a este público que sean accesibles y efectivas y que engloben acciones del servicio de salud y escuelas y que también se dirijan a las comunidades que son el espacio de vivencia cotidiana de la sexualidad y la reproducción y donde se puede alcanzar a aquellas que están fuera de las escuelas (arts. 12º, 1º, 2º, 10º h).

102. El Programa Nacional de Salud del Anciano es ineficaz y su acción más visible se restringe a las campañas anuales de vacunación contra la gripe. No existen profesionales capacitados para la atención constante orientada al climaterio, osteoporosis, artrosis y cardiopatías, a pesar de que 85% de las ancianas presenta por lo menos un tipo de enfermedad crónica. La discriminación racial se manifiesta también en la asistencia a las ancianas, pues a pesar de que la expectativa de vida de las mujeres ha aumentado, sigue siendo siete años menor para la población negra. Además, las ancianas poseen niveles inferiores de escolaridad e ingresos (arts. 12º).

103. Desde la década de los 90 se encuentra en proceso de construcción el campo denominado “salud de la población negra”, el cual se basa en la constatación de la prevalencia de algunas enfermedades en la población negra. Esta acción política y construcción teórica, realizada por investigadoras/es y activistas antirracistas, desarrolla una lucha destacada que busca conscientizar a gobiernos y escuelas de salud para que la variable raza/etnia sea considerada relevante en la asistencia e investigación médica, de acuerdo a lo recomendado en el párrafo 111 del Plan de Acción de la Conferencia de las Américas (Santiago de Chile, Diciembre del 2000) y en los párrafos 93 y 153 del Plan de Acción de la Tercera Conferencia de Durban (Sudáfrica, Setiembre de 2001) (arts. 12º, 1º, 2º, 3º, 5º).

104. Considerando que las mujeres negras perciben los menores ingresos de la población, encontrándose 85% de ellas por debajo de la línea de pobreza, puede deducirse que tienen menor acceso a los servicios de salud y son las más perjudicadas por los vacíos del sistema. Los documentos administrativos, recetas médicas y formularios de notificación de enfermedades, fuentes primarias de datos del SUS, generalmente no informan la raza/color de los usuarios. De esta manera, los datos nacionales sobre el acceso de las mujeres negras son deducidos por la clase social a la que pertenecen. Se sabe que 50% de las mujeres de bajos ingresos no tiene acceso al control prenatal, siendo afectadas también por la realidad socioeconómica excluyente (arts. 12º, 2º f).

105. La anemia falciforme es la enfermedad genética más común en la población negra del país. Su incidencia varía de 2% a 6% en la población brasileña y de 6% a 10% en la población negra. En 1996, el MS lanzó el Programa de Anemia Falciforme, pero su implantación ha sido lenta y ha tenido poco alcance en estados y municipios, pues depende de la sensibilidad de algunos gobiernos locales. A pesar de la alta prevalencia y complejidad de esta enfermedad, que exige abordaje ético y terapéutico no restringido al diagnóstico precoz, la atención de los síndromes falciformes aún es desconocido por gran parte de los profesionales de salud (art. 12º).

106. Se estima que los diversos programas destinados a la gente con necesidades especiales cubren sólo 10% de la demanda, quedando excluidas aproximadamente 14 400 millones de personas. La Constitución Federal y la Ley 8.742/93 garantizan el pago de un Beneficio de Prestación Continua a los portadores de deficiencias con ingreso familiar per cápita inferior a ¼ del salario mínimo (R$ 60,00/mes o US$ 19,4). Como ese beneficio está vinculado al ingreso total del domicilio, el aumento de los ingresos de cualquier miembro de la familia implica el cese del pago. De esta manera, miles de portadoras/es de deficiencias quedan desamparados, lo que evidencia la falta de empeño del Estado en garantizar su autonomía y calidad de vida, así como el incumplimiento del artículo 11. 1 (e) de la CEDAW (arts. 12º, 11º-1e, 13º-a).

107. Tampoco existen acciones en materia de salud orientadas a las demandas específicas de las lesbianas. Incluso en casos de programas con buena cobertura, como la prevención de ETS/Sida, las lesbianas son objeto de una fuerte discriminación, ya que no existen profesionales habilitados para entender sus necesidades (arts. 12º, 1º, 2º, 5º).

108. Las trabajadoras están expuestas a riesgos resultantes de la organización del trabajo. El acoso sexual, moral y psicológico, así como la fatiga física y mental agravan su salud. Ellas son las más afectadas por trastornos osteomusculares relacionados al trabajo (TORT), ya que la división tradicional del trabajo en función del sexo les asigna actividades repetitivas que exigen mayor destreza y velocidad manual (arts. 12º, 11º -1 c).

109. La violencia doméstica, una constante en la vida de las mujeres, también ha constituido un factor agravante para su salud, repercutiendo en la vida sexual y reproductiva, en las ETS y abortos, así como en la utilización de antidepresivos para soportar las agresiones (arts. 12º, 1º, 2º, 5º)

 

5. Recomendaciones

1) Dar cumplimiento a los tratados y convenciones internacionales, a través de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, tanto en el ámbito federal como a nivel de estados y municipalidades. Aquí se incluyen, especialmente la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, Xenofobia e Intolerancia Afín, las Convenciones de la Organización Internacional del Trabajo (100, 111 e 156), así como los acuerdos firmados en el marco de las Plataformas y Planes de Acción aprobados por las Conferencias Mundiales promovidas por las Naciones Unidas, especialmente la Cuarta Conferencia Mundial Sobre la Mujer.

2) Asegurar el ejercicio libre y pleno de los derechos humanos de las mujeres dentro de los parámetros internacionales y constitucionales, a fin de adoptar todas las medidas para armonizar el orden jurídico interno, revocando preceptos jurídicos discriminatorios en relación a la mujer y elaborando las medidas normativas, judiciales, de políticas públicas y de otra naturaleza necesarias para garantizar la igualdad y dignidad plena de las mujeres.

3) Desarrollar reformas económicas y perfeccionar normas y mecanismos jurídicos y de políticas nacionales, a fin de ampliar el acceso de las mujeres a servicios financieros y recursos, tales como la propiedad de la tierra, derechos a la propiedad y la información, recursos educativos y tecnológicos.

4.1 Universalidad de las políticas y diversidad de mujeres

4) Incorporar la perspectiva de género y el análisis social en toda planificación, diseño, aplicación y evaluación de políticas públicas, a través de la creación de mecanismos de vigilancia, como los indicadores técnico-científicos. Para ello es imprescindible conscientizar y formar adecuadamente a los gestores y agentes gubernamentales para que comprendan la problemática femenina y de esta manera garanticen la equidad y la inclusión de las mujeres a través de metodologías adecuadas desde la perspectiva de género.

5) Promover a través de la escuela – con la reformulación de los currículos y capacitación de los profesores - y los medios de comunicación una cultura de respeto a la diversidad, fundada en la valorización de los derechos humanos universales y la solidaridad, así como en la afirmación del derecho a la diferencia y a la equidad, combatiéndose la dominación patriarcal, el racismo, la xenofobia, el sexismo, los prejuicios y todas las formas de discriminación.

6) Convocar a los medios de comunicación masiva a que asuman su responsabilidad social en la transformación del imaginario colectivo y los patrones culturales en lo que se refiere a sus rasgos machistas, sexistas, racistas y homofóbicos, a través de programas de información y comunicación de amplio alcance social.

4.2 Restricciones sobre la ciudadanía de las mujeres

7) Deben proponerse y promoverse nuevos patrones culturales a través de políticas públicas en los campos social y político y a través de los medios de comunicación, a fin de construir nuevos papeles sociales, tales como la desnaturalización de las desigualdades fundadas en las diferencias de género, la distribución de tareas domésticas y familiares, la educación no discriminatoria basada en la equidad y la pluralidad, mediante la ejecución de acciones de apoyo al ejercicio de la maternidad en base a la solidaridad.

8) Debe fomentarse y garantizarse la participación de las mujeres en procesos de decisión, lo que incluye su capacitación para el ejercicio de la democracia participativa basada en la búsqueda de la igualdad de oportunidades y el respeto a la diversidad y la pluralidad.

9) La formulación de indicadores que permitan medir el peso del trabajo doméstico y familiar en la estimación del PBI debe permitir que su valor se refleje en las cuentas nacionales e influir en las medidas orientadas a la asignación de recursos al área social.

10) La planificación pública debe considerar efectivamente a las mujeres en sus especificidades, a fin de reducir a corto plazo las desigualdades entre las propias mujeres, teniéndose en cuenta factores tales como clases sociales, diferencias regionales, aspectos histórico-culturales, raciales y étnicos y destacándose la condición de exclusión de las mujeres indígenas, selváticas, negras, rurales y de la región noreste.

11) Incentivar a los medios de comunicación masiva a que pongan en marcha programas de comunicación e información orientados a la construcción de una imagen positiva en el imaginario colectivo sobre las representaciones de género, raza, etnia y orientación sexual, en consonancia con el capítulo J de la Conferencia de Beijing y el capítulo 4 de la Conferencia de Durban.

4.3 La violencia y sus diversas caras

El enfrentamiento de la violencia contra las mujeres exige acciones integradas en el campo de la ley y las políticas públicas, las cuales demandan al Estado brasileño:

12) Adoptar una legislación nacional específica sobre violencia contra la mujer, especialmente en el ámbito doméstico e intrafamiliar, que incluya medidas de protección, así como procedimentos jurídicos y mecanismos administrativos y judiciales --civiles o penales-- eficaces para la prevención, sanción y erradicación de esa violencia.

13) Crear, ejecutar y vigilar en el campo de las políticas públicas del Estado un plan nacional de acción para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, en el cual estén comprometidos y se integren los diversos ámbitos del poder público –Ejecutivo, Legislativo y Judicial a nivel federal y de estados y municipalidades.

14) Incluir en las políticas, planes y programas de acción, en todos los ámbitos y niveles, medidas de prevención y combate contra la impunidad de la violencia por razón de género practicada en perjuicio de los diversos segmentos de mujeres --negras, indígenas, blancas, ancianas, niñas, jovenes, lesbianas, rurales, selváticas y reclusas-- por agentes públicos y privados, prestándose especial atención a la violencia doméstica y sexual, el acoso moral y sexual en el trabajo, el tráfico de mujeres y niñas y cualquier otra forma de violencia institucional contra mujeres y niñas que se encuentren bajo la atención, tutela, protección o custodia de agentes e instituciones estatales o no estatales.

15) Asignar recursos presupuestales en función de las políticas, planes y programas de acción, a fin de garantizar la inversión en la ampliación y equipamiento adecuado de los servicios de atención de la violencia contra la mujer – en especial, comisarías y albergues – así como en la capacitación de gestores públicos de estas políticas y de agentes que actúen directamente en estos servicios, tales como jueces, juezas, defensores(as), fiscales, conciliadores(as), policías civiles y militares, agentes penitenciarios, personal médico y de salud, y asistentes(as) sociales.

16) Poner en funcionamiento redes de servicios interinstitucionales que articulen las acciones gubernamentales y no gubernamentales en áreas como seguridad pública, justicia, salud, educación, asistencia social, vivienda, entre otras, con el fin de garantizar atención integral, multidisciplinaria e intersectorial a las mujeres víctimas-sobreviventes de la violencia.

4.4 Salud : universalidad, integralidad y equidad

17) Garantizar a todas las mujeres pleno acceso a una atención de salud integral y de calidad que cubra sus necesidades durante todo su ciclo