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Con todo al aire 2

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Esta segunda edición de “Con Todo al Aire 2” pretende reflejar el proceso vivido por dos organizaciones de Argentina, INSGENAR (Instituto de Género, Derecho y Desarrollo) y CLADEM (Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer) desde junio de 2001, cuando reaccionaron frente a los malos tratos recibidos por una joven en un servicio de salud reproductiva de la ciudad de Rosario. Comenzó allí un proceso que luego de numerosas acciones determinó la puesta en marcha del Observatorio de Salud, Género y Derechos Humanos.

 En el Capítulo II se analizan las distintas herramientas de que se vale el Observatorio para promover una cultura respetuosa de los Derechos Humanos y denunciar los malos tratos en los servicios de salud sexual y reproductiva. Así, damos cuenta de la experiencia que estamos desarrollando en la Cátedra de Salud y Derechos Humanos, que se dicta en la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Rosario desde el 2004. Se describe el Premio a las Buenas Prácticas “Cecilia Grierson”, que comenzó con alcance nacional en su versión del primer año y actualmente se ha lanzado a nivel latinoamericano. La Página web, la Lista electrónica especializada Salud-Género-Derechos Humanos y los Seminarios de difusión en el resto del país, nos han dejado también ricos aprendizajes que creemos vale la pena compartir. Asimismo, relatamos las experiencias vividas con la Obra de teatro y el video “Con Todo al Aire”, dos recursos de sensibilización que han resultado de mucha utilidad.

Los testimonios recogidos de las mujeres en la primera edición son transcriptos en el Capítulo III. El recorrido por distintas provincias y la presentación del Observatorio en numerosos congresos y jornadas tanto del campo de la salud como del campo de los derechos humanos, así como la página web, nos permitieron recoger nuevos testimonios que se agregan a los que aparecieron en el libro “Con Todo al Aire” de 2003.

Observatorio de Salud, Género y Derechos Humanos En el Capítulo IV analizamos el marco de los derechos humanos en el que deben encuadrarse los tratos crueles, inhumanos y degradantes. Para promover cambios culturales, desnaturalizar y visibilizar lo que aparece como normal y cotidiano, necesitábamos símbolos fuertes y claros. El sistema de derechos humanos, la Convención contra la Tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes, así como otras Convenciones con disposiciones concordantes, nos brindan las herramientas necesarias para desnudar estos comportamientos y oponer un mensaje claro para aquellas personas que minimizan el daño que se puede producir.

Los desafíos futuros son analizados en el Capítulo V. Allí se mencionan las estrategias que el equipo del Observatorio ha previsto para difundir estos esfuerzos en todo el país, promover la erradicación de los malos tratos e impulsar una cultura respetuosa de la dignidad de las mujeres. Ellas son la selección de Enlaces Provinciales del Observatorio; la creación de una red de Enlaces Provinciales; la difusión de la Cátedra de Salud y Derechos Humanos; el lanzamiento del Premio a las Buenas Prácticas a nivel latinoamericano y la alianza con otros Observatorios.

En los Anexos transcribimos normas que tienen importancia para el trabajo del Observatorio. En el Anexo 1, la Resolución de la Defensoría del Pueblo de Santa Fe. El Anexo 2 contiene el Programa 2009 de la Materia Salud y Derechos Humanos que se dicta en la Facultad de Ciencias Médicas de Rosario. En el Anexo 3, una síntesis de los seminarios realizados. En el Anexo 4, seleccionamos las normas de los tratados de derechos humanos de Naciones Unidas que tienen relación con el tema, en la primera sección, mientras que en la segunda, extractamos los parágrafos pertinentes de los documentos surgidos de las Conferencias de Naciones Unidas donde se trató la cuestión de la salud sexual y reproductiva y el trato hacia las mujeres. En la última sección de este punto, transcribimos la jurisprudencia de los Comités Monitores de los Tratados de Naciones Unidas, tanto la que se produce cuando un Comité redacta una Resolución General para todos los países, como cuando dicta sus Observaciones Finales con recomendaciones a cada país en concreto.

Finalmente, en el Anexo 5, se analizó y desarrolló la violencia obstétrica desde la Ley 26.485 “Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en los que desarrollen sus relaciones interpersonales”.

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Actualizado ( Jueves, 25 de Febrero de 2010 15:50 )